Recibe diariamente las últimas novedades legales en contratación pública que pueden repercutir en tus licitaciones.
Resolución nº 107/2024. del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, de 30 de Noviembre de 2024
21 Enero 2025
Resolución nº 487/2024 del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad De Madrid, de 19 de Diciembre de 2024
21 Enero 2025
Resolución nº 641/2024 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta De Andalucía, de 13 de Diciembre de 2024
18 Enero 2025
Resolución nº 228/2024 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales del País Vasco, de 09 de Diciembre de 2024
17 Enero 2025
Resolución nº 1585/2024 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 12 de Diciembre de 2024
14 Enero 2025
Resolución nº 107/2024. del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, de 30 de Noviembre de 2024
Detalles Generales de la Resolución
Resumen del Caso
El Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón (TACPA) resolvió el recurso especial presentado por CMR SURGICAL SPAIN, S.L., el cual impugnaba su exclusión del procedimiento de contratación de equipos de cirugía robótica por haber presentado su oferta fuera de plazo.
1. Antecedentes
Publicación y Plazos
Participantes en la Licitación
Se presentaron tres empresas:
La Mesa de Contratación, conforme a la normativa vigente, decidió no admitir la oferta de CMR SURGICAL SPAIN, S.L. al considerar que fue entregada de manera extemporánea.
2. Argumentos de la Recurrente (CMR SURGICAL SPAIN, S.L.)
La empresa CMR SURGICAL SPAIN, S.L. presentó un recurso especial en materia de contratación el 22 de noviembre de 2024, argumentando que:
Problemas técnicos en la plataforma (PLACSP):
Existencia de una incidencia registrada:
3. Argumentos del Órgano de Contratación
El órgano de contratación rechazó las alegaciones de CMR SURGICAL SPAIN, S.L., sosteniendo que:
La PLACSP funcionó con normalidad el 11 de noviembre de 2024:
Falta de diligencia por parte de la recurrente:
Basándose en estos argumentos, el órgano de contratación solicitó la desestimación del recurso y la continuación del procedimiento de licitación sin la oferta de CMR.
4. Resolución del Tribunal (TACPA)
Tras analizar los argumentos de ambas partes, el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón (TACPA) resolvió:
Motivación de la Decisión
El Tribunal señaló que la empresa asumió el riesgo de esperar hasta el último momento para presentar su oferta y que la responsabilidad del retraso no puede atribuirse a la plataforma, sino a su propia gestión del tiempo.
5. Conclusión
El Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón (TACPA) ratificó la validez del proceso de contratación y estableció que CMR SURGICAL SPAIN, S.L. fue correctamente excluida debido a que su oferta fue presentada fuera del plazo establecido.
Aspectos Clave de la Resolución
✅ La PLACSP no presentó fallos técnicos el día de la licitación.
✅ Otras empresas presentaron sus ofertas sin inconvenientes.
✅ CMR no actuó con diligencia, comenzando la carga de documentos con solo 16 minutos de margen.
✅ El tribunal priorizó la igualdad de trato entre los licitadores, asegurando el cumplimiento estricto de los plazos.
Estado Final del Procedimiento
🔹 El proceso de licitación continuará sin la oferta de CMR SURGICAL SPAIN, S.L.
🔹 La decisión es firme en vía administrativa, aunque la empresa puede presentar un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en un plazo de dos meses.
Doctrina sobre la Diligencia de los Licitadores en los Procedimientos de Contratación Pública
1. Principio de Diligencia en la Presentación de Ofertas
La diligencia debida en la presentación de ofertas en procedimientos de contratación pública es un deber fundamental de los licitadores, reconocido tanto en la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) como en la doctrina de los Tribunales Administrativos de Recursos Contractuales (TACRC y autonómicos).
El Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón (TACPA), en su Acuerdo 107/2024, desestimó el recurso de CMR SURGICAL SPAIN, S.L. porque la empresa no actuó con la diligencia necesaria, al presentar su oferta sin margen suficiente para subsanar posibles incidencias técnicas.
📌 Principios clave que rigen la diligencia de los licitadores:
✅ Igualdad de trato y no discriminación → Todos los licitadores deben cumplir los mismos requisitos y plazos.
✅ Seguridad jurídica → La presentación fuera de plazo impide la admisión de una oferta, incluso si es por problemas técnicos propios del licitador.
✅ Responsabilidad del licitador → La planificación adecuada y la previsión de problemas técnicos recaen en el operador económico.
✅ Irreversibilidad del vencimiento del plazo → Una oferta fuera de plazo no puede ser admitida sin vulnerar el principio de igualdad.
2. Jurisprudencia y Resoluciones Relevantes sobre la Diligencia de los Licitadores
2.1. Acuerdo 114/2017 del TACPA
“Quien legítimamente espera al último momento del plazo para participar en la licitación asume un riesgo, solo imputable a su voluntad o conducta, de que ante un error del propio licitador, bien en la firma electrónica de los documentos, bien en la elección o configuración del tamaño de algún fichero que afecte a la capacidad de transmisión o a las características técnicas de la plataforma electrónica, la recepción de la oferta resulte extemporánea.”
✅ Conclusión: El retraso en la presentación por problemas técnicos internos no exime de responsabilidad al licitador.
2.2. Resolución 560/2018 del TACRC
“El hecho de que la presentación de la oferta se haya producido instantes después del cierre del plazo es motivo suficiente para su exclusión, sin que puedan admitirse justificaciones basadas en problemas técnicos del propio licitador. La normativa establece plazos estrictos para garantizar la igualdad entre los participantes.”
✅ Conclusión: La normativa no permite excepciones por escasos minutos de diferencia, pues rompería el principio de igualdad.
2.3. Resolución 924/2019 del TACRC
“El plazo para la presentación de ofertas es un requisito de obligatorio cumplimiento, cuya vulneración impide la admisión de la oferta, aun cuando el retraso se deba a problemas técnicos. La presentación debe completarse antes del vencimiento del plazo y obtenerse el justificante correspondiente.”
✅ Conclusión: La oferta solo se considera presentada cuando la plataforma confirma la recepción, no cuando el licitador pulsa el botón de envío.
2.4. Resolución 123/2021 del Tribunal de Canarias
“Las incidencias en la preparación de la oferta, si no afectan a la plataforma de contratación, son responsabilidad exclusiva del licitador. La falta de margen de tiempo suficiente para resolver posibles problemas no puede ser utilizada como justificación para admitir ofertas fuera de plazo.”
✅ Conclusión: La planificación adecuada es clave para evitar exclusiones.
3. Aplicación de la Doctrina en el Caso de CMR SURGICAL SPAIN, S.L.
📌 Hechos Relevantes:
📌 Criterios Aplicados por el TACPA:
✅ La responsabilidad del licitador → La planificación adecuada es clave.
✅ El plazo es preclusivo → No puede extenderse, ni siquiera por pocos minutos.
✅ La presentación efectiva es la recepción en la plataforma → No basta con iniciar el proceso antes del vencimiento.
✅ No se probó un fallo técnico de la plataforma → Por lo que no cabe alegar fuerza mayor.
4. Conclusión: Reglas de Buena Práctica para Licitadores
Para evitar exclusiones por presentación extemporánea, los operadores económicos deben:
1️⃣ No esperar hasta el último momento → Presentar la oferta con al menos 24 horas de antelación.
2️⃣ Verificar requisitos técnicos → Asegurarse de contar con los certificados electrónicos adecuados y con una conexión estable.
3️⃣ Comprobar la carga de documentos → No asumir que el envío es automático; revisar la confirmación de la plataforma.
4️⃣ Tener un plan de contingencia → Si hay problemas técnicos, actuar con suficiente margen para subsanar.
5️⃣ Solicitar justificantes de huella electrónica en caso de problemas → Esto puede ser clave en un posible recurso.
Descubre cómo podemos ayudarte a alcanzar tus objetivos
en el mercado sanitario.