El recurso especial en materia de contratación se introdujo en nuestro ordenamiento jurídico por imperativo de la Directiva 2007/66/CE , por la que se modifican las Directivas 89/665/CEE y 92/13/CEE, y su regulación se encuentra en los artículos 44 y siguientes de la Ley de contratos del sector público 9/2017, de 8 de noviembre. Nuestro departamento jurídico con una amplia experiencia en el sector de la contratación pública sanitaria les asesora a la hora de interponer el recurso especial en materia de contratación contra cualquiera de los actos susceptibles de recurso:
El servicio incluye los trámites necesarios para la realización de estudios de viabilidad previos a la interposición del recurso, con valoración de los plazos para su interposición, comprobación de la legitimación, haciendo un seguimiento completo del proceso de elaboración del recurso que abarca desde la fase previa de estudio, posibles solicitudes de acceso al expediente, recopilación de la doctrina aplicable, redacción de escritos, hasta que se dicte la resolución del mismo.
Nuestro profundo conocimiento del mercado público sanitario español y europeo junto con nuestros consolidados conocimientos jurídicos, nos permiten reunir con gran rapidez todos los elementos necesarios a la preparación e interposición del recurso especial en materia de contratación pública, adaptado a las necesidades de su empresa.
Le asesoramos y preparamos los escritos de alegaciones contra un recurso interpuesto en una licitación en la que ostente la condición de interesado, con independencia de que la interposición del recurso se realice contra los pliegos, el acuerdo de exclusión, la resolución de adjudicación, o cualquier acto de trámite susceptible de recurso.
Nuestras herramientas de trabajo, entre las que se destaca una base de datos con todas las resoluciones de los Tribunales Administrativos de Recursos Contractuales encargados de la resolución del recurso especial en materia de contratación, nos permiten disponer de toda la información actualizada sobre normativas, leyes, doctrina y reglamentos en materia de contratación pública sanitaria.
Para los contratos en los que no sea posible la interposición del recurso especial en materia de contratación, nuestro departamento jurídico le asesorará sobre los recursos administrativos que en su caso se puedan interponer contra las resoluciones de los órganos de contratación dictadas en el ámbito de expedientes de adjudicación. En concreto, la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas regula el procedimiento de los recursos alzada y reposición.
Contamos con los conocimientos y medios más avanzados del mercado en materia de contratación pública sanitaria, prestando una asistencia especializada en el ámbito de los contratos de suministros y servicios de ámbito sanitario.
Elaboramos todo tipo de escritos jurídicos necesarios en las diferentes fases de una licitación, como pueden ser, la solicitud de acceso al expediente o de motivación adicional de una decisión dictada por el Órgano de Contratación.
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