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Resoluciones más relevantes del Sector Sanitario

Resolución Asunto

Resolución nº Resolución 642/2023 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta De Andalucía, de 29 de Diciembre de 2023

Adjudicación. La recurrente ejercita una pretensión principal instando la declaración de nulidad de la resolución de adjudicación y la retroacción de actuaciones al momento anterior al de la valoración de su oferta denunciando la incorrecta valoración de su proposición y reclamando una puntuación superior; subsidiariamente ejercita la pretensión de declaración de nulidad de todo el procedimiento de adjudicación por irregularidades procedimentales. Análisis por el Tribunal de la alegación de falta de legitimación ad causam esgrimida por la adjudicataria: se aprecia la concurrencia de la causa de inadmisión del artículo 55, letra b) de la LCSP ya que, dada la diferencia de puntos entre la oferta de la adjudicataria y la de la recurrente, la eventual estimación de la totalidad de los motivos de impugnación alegados con relación a los cinco criterios de adjudicación que plantea, en ningún caso podría dar lugar a que se alzase con la adjudicación del contrato, por lo que ningún beneficio obtendría, desbordándose con ello los límites de la legitimación conforme al artículo 48 de la LCSP. La concurrencia de la causa de inadmisión hace innecesario un pronunciamiento sobre el fondo de la cuestión relativa a la incorrecta valoración de la proposición de la recurrente. A mayor abundamiento, examen por el Tribunal que concluye que, en cualquier caso, la recurrente se limita a efectuar una valoración subjetiva y alternativa a la efectuada en el informe técnico pero que no llega a desvirtuar la presunción de certeza y acierto de este último, limitándose a omitir en algunos casos la recurrente determinados extremos que no figuran en su oferta. Examen de las irregularidades procedimentales denunciadas que el Tribunal concluye carecen de trascendencia anulatoria. Inadmisión.

Resolución nº 234/2023 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales del País Vasco, de 19 de Diciembre de 2023

Adjudicación. Acceso al expediente en vía de recurso: doctrina general; declaración de confidencialidad, el recurrente conoce los aspectos más esenciales de la oferta de la adjudicataria. Motivación y discrecionalidad: doctrina general; no consta en varios subcriterios el juicio u opinión que vincula el material valorado y la puntuación otorgada, sí consta en otros epígrafes. Acreditación de la ausencia de prohibiciones de contratar, la inscripción no es un requisito constitutivo del Plan de igualdad,. Efectos de la Resolución: retroacción de actuaciones para efectuar una motivación adecuada respetando la puntuación otorgada y los aspectos de las ofertas considerados significativos.

Resolución nº Resolución 6/2024 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta De Andalucía, de 19 de Enero de 2024

Adjudicación. Sobre la fórmula para calcular rendimiento y eficiencia del suministro. Concepto de potencia nominal. Inexistencia de error. El recurrente omite datos utilizados en su oferta. Multa. Desestimación

Resolución nº 393/2023 del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad De Madrid, de 08 de Noviembre de 2023366/2023

Formalización de los contratos antes de cumplirse el plazo de quince días hábiles. Posible nulidad. Estudio sobre la nulidad de los actos en relación a sus consecuencias. En el presente caso no impide la interposición del recurso. La formalización por sí sola no puede admitirse si no se acompaña de una impugnación de la adjudicación. Se desestima por este motivo y por el pretendido incumplimiento de los requisitos técnicos exigidos para los suministros.

Resolución nº 151/2023 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León, de 15 de Noviembre de 2023

El órgano no está obligado a solicitar subsanación alguna ante el claro incumplimiento de los PPT, siendo además que la admisión del certificado de fecha posterior a la de la finalización del plazo de presentación de ofertas implicaría una modificación de la oferta, y con ello una vulneración del principio de igualdad de trato.

Resolución nº 1562/2023 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 01 de Diciembre de 2023Recurso n 1421/2023

Recurso contra adjudicación en contrato de suministros. LCSP. Desestimación. Justificación de la oferta incursa en temeridad: no existe relación comercial directa con la empresa fabricante de los productos sino que la oferta se basa en los precios que son ofertados por la empresa proveedora con la que tiene relación comercial directa la adjudicataria, lo que justifica precios más competitivos que los ofertados directamente por la entidad fabricante.

Resolución nº 1692/2024 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 28 de Diciembre de 2023Recurso n 1632/2023 Comunidad Valenciana 340/2023

Recurso contra adjudicación en contrato de suministros. LCSP. Desestimación. Incumplimiento de prescripciones técnicas. Valoración técnica de la oferta de la adjudicataria. Doctrina de la discrecionalidad técnica de la administración. Financiación PRTR-Next Generation EU.

Resolución nº Resolución 592/2023 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta De Andalucía, de 24 de Noviembre de 2023

Acto de trámite no cualificado. Propuesta no es un acto de trámite cualificado contra el que quepa recurso especial conforme a lo previsto en el artículo 44.2 b) del TRLCSP. 44.3 LCSP actos distintos del 44.2 LCSP. Falta de contenido impugnatorio. Inadmisión.

Resolución nº 228/2023 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales del País Vasco, de 07 de Diciembre de 2023

Pliegos. Legitimación activa: la tiene un sindicato para para solicitar la anulación de los pliegos por infracción de los acuerdos de negociación colectiva que limitan la externalización de servicios y por contar el poder adjudicador con recursos humanos propios. Contrato mixto de servicios y suministro, el acuerdo de negociación colectiva limita la externalización con independencia de que se produzca mediante un contrato mixto o mediante un contrato de servicios, se justifica que el personal propio carece de capacitación técnica o experiencia suficiente, la mera existencia de una categoría profesional adecuada no supone automáticamente la capacidad del personal para atender cualquier tarea que se le pueda atribuir, la contratación impugnada no altera las tareas asignadas al personal del poder adjudicador, no se acredita la infracción de los acuerdos de negociación colectiva, el poder adjudicador no está obligado a organizar los medios personales de sus servicios de la forma y con el alcance demandado por la recurrente.

Resolución nº 1631/2023 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 21 de Diciembre de 2023Recurso n 1504/2023 C.

Recurso contra acuerdo de exclusión en contrato de servicios. LCSP. Inadmisión. Recurso extemporáneo. Aplicación del artículo 31.3 de la Ley 39/2015 sobre calendario de días inhábiles. No resulta de aplicación la regla del artículo 30.6 de la LPACAP al realizarse la presentación en un registro electrónico. Artículo 55 d) de la LCSP.

Resolución nº 236/2023 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales del País Vasco, de 22 de Diciembre de 2023

Exclusión. Motivación y discrecionalidad técnica: doctrina general; exclusión por no superar los criterios de adjudicación con umbral mínimo eliminatorio, valoración con base en muestras, correcto ejercicio de la discrecionalidad técnica.

Resolución nº 1557/2023 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 01 de Diciembre de 2023Recursos n 1439/2023 C.

Recurso contra pliegos en contrato de suministros. LCSP. Estimación. Impugnación pliegos porque configuran como criterio de selección de adjudicatario un parámetro de solvencia profesional. Implantación de mismo sistema técnico objeto del contrato. Allanamiento del órgano de contratación. Financiación PRTR-Next Generation EU.

Resolución nº 437/2023 del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad De Madrid, de 21 de Diciembre de 2023419/2023

Estimación de recurso contra los pliegos de un contrato de suministro de material y equipamiento médico, que contiene diversas prestaciones y que no ha desglosado el precio de cada una de las que lo componen para calcular el presupuesto del contrato, contraviniendo el artículo 100 LCSP. Tampoco se considera acorde con artículos 300 y 198.4 LCSP la fijación del régimen de pagos por sesión de hemodiálisis en un contrato de suministro de material para su realización.

Resolución nº 156/2023 del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidade Autónoma de Galicia, de 08 de Septiembre de 20230147/2023

Solvencia técnica no justificada conforme a lo exigido en los pliegos.

Resolución nº 435/2023 del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad De Madrid, de 21 de Diciembre de 2023414/2023

La recurrente alega que la adjudicataria incumple las prescripciones técnicas. No queda acreditado tal incumplimiento. Presunción de acierto y veracidad de los informes técnicos. Se desestima el recurso.

Resolución nº 1319/2023 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 11 de Octubre de 2023Recurso n 1101/2023 C.

Recurso contra exclusión y adjudicación en contrato de servicios, LCSP. Desestimación. No hay arbitrariedad en la valoración de la oferta técnica. Discrecionalidad técnica de la Administración. Motivación somera, pero suficiente.

Resolución nº 428/2023 del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad De Madrid, de 14 de Diciembre de 2023407/2023

Estimación de recurso contra exclusión por incumplimiento de prescripciones técnicas que no se da.

Resolución nº 211/2023 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales del País Vasco, de 24 de Noviembre de 2023

Adjudicación. Criterios de adjudicación: criterio de adjudicación sujeto a evaluación mediante fórmula; doctrina general, debate sobre uno de los elementos de la fórmula ("media de la puntuación obtenida por cada producto del mismo"), debe entenderse que es la media aritmética y no una media ponderada porque de lo contrario se introduciría un aspecto interpretativo en un criterio automático y un elemento que no figura en la fórmula y que además no es unívoco y precisaría para su determinación de una elección discrecional, lo que en este caso no es posible.

Resolución nº 426/2023 del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad De Madrid, de 14 de Diciembre de 2023404/2023

Estimación por allanamiento. Incumplimiento prescripciones técnicas por adjudicatario. 

Resolución nº 197/2023 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales del País Vasco, de 10 de Noviembre de 2023

Informe técnico de valoración. Actos impugnables: el informe técnico de valoración no es un acto impugnable.

Resolución nº 1523/2023 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 23 de Noviembre de 2023Recurso n 1444/2023 C.

Recurso contra pliegos en acuerdo marco de suministros. LCSP. Desestimación. Se recurre el PPT al entender la empresa recurrente que la exigencia de los pliegos de que el apósito sea de celulosa oxidada y regenerada vulnera el principio de libre concurrencia, en la medida en que bastaría con que la celulosa fuera oxidada. Se desestima el recurso en la medida en que la exigencia de la referida prescripción técnica está plenamente justificada dentro del objeto del contrato.

Resolución nº 234/2023 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales del País Vasco, de 19 de Diciembre de 2023

Adjudicación. Acceso al expediente en vía de recurso: doctrina general; declaración de confidencialidad, el recurrente conoce los aspectos más esenciales de la oferta de la adjudicataria. Motivación y discrecionalidad: doctrina general; no consta en varios subcriterios el juicio u opinión que vincula el material valorado y la puntuación otorgada, sí consta en otros epígrafes. Acreditación de la ausencia de prohibiciones de contratar, la inscripción no es un requisito constitutivo del Plan de igualdad,. Efectos de la Resolución: retroacción de actuaciones para efectuar una motivación adecuada respetando la puntuación otorgada y los aspectos de las ofertas considerados significativos.

Resolución nº Resolución 592/2023 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta De Andalucía, de 24 de Noviembre de 2023

Acto de trámite no cualificado. Propuesta no es un acto de trámite cualificado contra el que quepa recurso especial conforme a lo previsto en el artículo 44.2 b) del TRLCSP. 44.3 LCSP actos distintos del 44.2 LCSP. Falta de contenido impugnatorio. Inadmisión.

Resolución nº 1319/2023 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 11 de Octubre de 2023Recurso n 1101/2023 C.

Recurso contra exclusión y adjudicación en contrato de servicios, LCSP. Desestimación. No hay arbitrariedad en la valoración de la oferta técnica. Discrecionalidad técnica de la Administración. Motivación somera, pero suficiente.

Resolución nº 1562/2023 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 01 de Diciembre de 2023Recurso n 1421/2023

Recurso contra adjudicación en contrato de suministros. LCSP. Desestimación. Justificación de la oferta incursa en temeridad: no existe relación comercial directa con la empresa fabricante de los productos sino que la oferta se basa en los precios que son ofertados por la empresa proveedora con la que tiene relación comercial directa la adjudicataria, lo que justifica precios más competitivos que los ofertados directamente por la entidad fabricante.

Resolución nº 393/2023 del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad De Madrid, de 08 de Noviembre de 2023366/2023

Formalización de los contratos antes de cumplirse el plazo de quince días hábiles. Posible nulidad. Estudio sobre la nulidad de los actos en relación a sus consecuencias. En el presente caso no impide la interposición del recurso. La formalización por sí sola no puede admitirse si no se acompaña de una impugnación de la adjudicación. Se desestima por este motivo y por el pretendido incumplimiento de los requisitos técnicos exigidos para los suministros.