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Resoluciones más relevantes del Sector Sanitario

Resolución Asunto

Resolución nº 46/2016 del Tribunal Administrativo De Contratos Públicos De Aragón, de 06 de Mayo de 2016

Título: Acuerdo 46/2016, de 6 de mayo de 2016, del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, por el que se resuelve el recurso especial interpuesto por KANTAR, S.A.S, frente a la adjudicación del contrato denominado «Servicio de digitalización y gestión informatizada del resumen diario de prensa, radio y televisión del Ayuntamiento de Zaragoza», promovido por el Ayuntamiento de Zaragoza. Adjudicación. El ahorro del IVA no es una mejora sino una característica de la oferta económica. El recurrente no ha seguido las indicaciones del Pliego de Prescripciones Técnicas,por lo que no pueden valorarse proposiciones contenidas en otros apartados, en los que ya se ha emitido el juicio de valor. La oferta de la adjudicataria se adapta expresamente a los requisitos técnicos del Pliego. Desestimación

Resolución nº 108/2016 del Tribunal Administrativo De Recursos Contractuales De La Junta De Andalucía, de 20 de Mayo de 2016

Adjudicación. Doctrina sobre la impugnación de los anuncios de licitación, de los pliegos o de los documentos que establezcan las condiciones que deban regir la licitación, al recurrir el acto de adjudicación o el de exclusión. Aclaraciones y/o subsanaciones de la oferta: no procede. Desestimación.

Resolución nº 107/2016 del Tribunal Administrativo De Recursos Contractuales De La Junta De Andalucía, de 13 de Mayo de 2016

Recurso extraordinario de revisión contra Resolución de indamisión de recurso especial en materia de contratación dictada por este Tribunal. Inadmisión. Improcedencia del recurso extraordinario de revisión contra la Resolución impugnada.

Resolución nº 49/2016 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, de 18 de Mayo de 2016

Recurso contra exclusión en procedimiento de licitación por no subsanación en plazo de documentación sobre nº 1. Lugar de presentación y plazo, el indicado en la notificación de subsanación. Es aplicable lo dispuesto para la subsanación, el artículo 81.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre y no lo señalado para el supuesto de presentación de proposiciones en el artículo 80.4. Doctrina de Tribunales de recursos contractuales.

Resolución nº 52/2016 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales del País Vasco, de 20 de Abril de 2016

Adjudicación. Contra la resolución que resuelve el recurso especial no cabe revisión de oficio ni ningún recurso distinto del recurso contencioso administrativo.

Resolución nº 75/2016 del Tribunal Administrativo De Contratación Pública De La Comunidad De Madrid, de 21 de Abril de 2016

Estimación de recurso contra pliego de contrato de suministro al no proceder establecer como criterio único-el precio, y por oscuridad de ciertas cláusulas del PPT.

Resolución nº 45/2016 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, de 29 de Abril de 2016

Recurso contra resolución acordando excluir de licitación y declarar desierto el procedimiento de contratación. Discrecionalidad técnica de la Administración, necesidad de motivación. Principio de no contravención de los actos propios. Nulidad del acto impugnado y retracción para motivarlo o admitir al licitador. Estimación.

Resolución nº 74/2016 del Tribunal Administrativo De Contratación Pública De La Comunidad De Madrid, de 21 de Abril de 2016

Estimación de recurso contra la adjudicación de un contrato derivado de un acuerdo marco a varios adjudicatarios. La adjudicación ha de recaer únicamente en la oferta más ventajosa. Nulidad del inciso del apartado del Protocolo e invitación que permitía pedidos a ofertas que no obtengan la mejor clasificación. Posibilidad de apreciar la nulidad con ocasión de la impugnación de la adjudicación. Conservación de los actos posteriores.

Resolución nº 41/2016 del Tribunal Administrativo De Contratos Públicos De Aragón, de 20 de Abril de 2016

Título: Acuerdo 41/2016, de 20 de abril de 2016, del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, por el que se resuelve el recurso especial, interpuesto por BARNA IMPORT MÉDICA, S.A, frente a la adjudicación del Lote 2, partida 3, material 90001763, del contrato denominado «Suministro de ropa desechable y cobertura quirúrgica», promovida por el Centro de Gestión Integrada de Proyectos Corporativos, del Servicio Aragonés de Salud. Adjudicación. Incumplimiento de los requisitos del Pliego de Prescripciones Técnicas por parte de la adjudicataria. Estos deben interpretarse según el sentido literal de sus palabras. Estimación.

Resolución nº 40/2016 del Tribunal Administrativo De Contratos Públicos De Aragón, de 20 de Abril de 2016

Título: Acuerdo 40/2016, de 20 de abril de 2016, del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, por el que se resuelve el recurso especial, interpuesto por DIVERSEY ESPAÑA, S.L, frente a la adjudicación del contrato denominado «Suministro de material de esterilización con destino al Hospital Universitario Miguel Servet», promovido por el Servicio Aragonés de Salud-Gerencia del Sector Zaragoza II, Hospital Universitario “Miguel Servet” de Zaragoza. Adjudicación. Nulidad del criterio de adjudicación "calidad", pues no se objetiva ni se indican los aspectos concretos que se van a a valorar. En fase de adjudicación, o en el trámite de exclusión, se puede impugnar un aspecto de los Pliegos consentidos al presentarse a la licitación, siempre que se trate de un supuesto de nulidad de pleno derecho. También es posible alertar de una infracción de los principios básicos de la contratación pública, si es en ese momento cuando se produce la lesión efectiva en los derechos del licitador. Impugnación de la valoración del criterio precio, pues se ha modificado la fórmula de ponderación a posteriori. Estimación

Resolución nº 95/2016 del Tribunal Administrativo De Recursos Contractuales De La Junta De Andalucía, de 06 de Mayo de 2016

Pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas. Criterios de evaluación automática consistentes en bonificaciones, entrega de bienes adicionales sin coste para la Administración: no fijación de límites ni de parámetros objetivos para su determinación. Principio de igualdad de trato. Estimación.

Resolución nº 302/2016 del Tribunal Administrativo Central De Recursos Contractuales, de 22 de Abril de 2016

Recurso contra exclusión en contrato de servicios, TRLCSP. Estimación. Se presenta incidente de ejecución de la resolución de fecha 19 de febrero de 2016 y subsidiariamente recurso especial frente al acuerdo de exclusión dictado con posterioridad. Se estima el incidente de ejecución por entender que al anular una cláusula del PCAP referente a la solvencia económica debió anularse toda la licitación y volver a publicar, por ser una cláusula necesaria. No obstante se analiza a su vez el acuerdo de exclusión, a pesar de estar ya anulado, por solicitarlo así el recurrente, y se considera que no es conforme a derecho.

Resolución nº 297/2016 del Tribunal Administrativo Central De Recursos Contractuales, de 22 de Abril de 2016

Recurso contra pliegos en AM contrato de suministros, TRLCSP. Estimación parcial. Plazo inicial más prórroga, por 6 años, vulnera el plazo máximo de 4 años. Adhesión en el futuro, después de la adjudicación, de Centros del CSIC, distintos de los previstos inicialmente, a los contratos derivados de suministro, infringe el equilibrio económico del contrato. Único criterio de adjudicación, el precio, en cuanto la prestación objeto del contrato, no puede ser objeto de mejora, ni el plazo de ejecución tampoco, el criterio del precio más abajo es legal. Y acreditación de la solvencia económica y financiera, por el medio de volumen de negocio de los últimos cinco años, que al menos uno, sea superior a la anualidad media del contrato, también se ajusta a Derecho, por así haberlo elegido la Admón. Contratante.

Resolución nº 38/2016 del Tribunal Administrativo De Contratos Públicos De Aragón, de 13 de Abril de 2016

Título: Acuerdo 38/2016, de 13 de abril de 2016, del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, por el que se resuelve el recurso especial interpuesto por INAER HELICÓPTEROS, S.A.U, frente a la adjudicación del Lote 2 del contrato denominado «Prestación de servicios aéreos para la extinción de incendios forestales en Aragón durante las campañas 2016-2018», promovido por el Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón. Alcance de la confidencialidad de las ofertas. El órgano de contratación actuó conforme a Derecho al preservar la confidencialidad de parte de la oferta de la adjudicataria. La documentación aportada por ésta cumple con las exigencias del PPT. No se aprecia arbitrariedad en la valoración de las propuestas. Imposición de multa por temeridad en la interposición del recurso especial. Desestimación

Resolución nº 64/2016 del Tribunal Administrativo De Contratación Pública De La Comunidad De Madrid, de 06 de Abril de 2016

Inadmisión de recurso contra la adjudicación de un contrato derivado de un acuerdo marco por extemporáneo al haberse ha presentado en el registro del órgano de contratación dirigido al Tribunal, donde tuvo entrada pasado el plazo de 15 días hábiles para la interposición del recurso. El requisito legal es que se presente el recurso en el registro del órgano de contratación y dirigido al mismo o en el registro del órgano competente para resolverlo.

Resolución nº 38/2016 del Órgano Administrativo De Recursos Contractuales Del País Vasco, de 29 de Marzo de 2016

Pliegos. Prescripción técnica; la exigencia de que los productos sean medicamentos registrados y no fórmulas magistrales no puede considerarse una barrera de entrada.

Resolución nº 44/2016 del Tribunal Administrativo De Contratación Pública De La Comunidad De Madrid, de 09 de Marzo de 2016

Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de suministros en la que se excluye a la recurrente por incumplimiento de las prescripciones técnicas exigibles al producto, sin que el PPT se hubiera impugnado en tiempo.

Resolución nº 263/2016 del Tribunal Administrativo Central De Recursos Contractuales, de 15 de Abril de 2016, C.A. Cantabria

Recurso contra adjudicación y exclusión en contrato de suministros, TRLCSP. Estimación. Falta de motivación en la resolución impugnada, puesta de manifiesto del expediente por el Tribunal ante el incumplimiento del trámite por el órgano de contratación. Impugnación de las valoraciones técnicas. Incumplimiento de las prescripciones técnicas. Estimación por falta de determinación de las causas de exclusión. Retroacción de actuaciones para valorar criterios sujetos a juicio de valor. Nulidad del procedimiento. Doctrina del Tribunal.

Resolución nº 39/2016 del Órgano Administrativo De Recursos Contractuales Del País Vasco, de 29 de Marzo de 2016

Pliegos. Precio; forma de determinación, discrecionalidad del poder adjudicador, decisión suficientemente justificada. Plazo de interposición; no cabe recurrir cláusulas que pudieron impugnarse con ocasión del pliego anterior con el mismo , que ya fue recurrido.

Resolución nº 53/2016 del Tribunal Administrativo De Contratación Pública De La Comunidad De Madrid, de 17 de Marzo de 2016

Desestimación de recurso contra exclusión de la oferta de la recurrente de la licitación de contrato de suministro por incumplimiento de las prescripciones técnicas exigidas en el PPT que no admite propuestas alternativas.

Resolución nº 36/2016 del Tribunal Administrativo De Contratos Públicos De Aragón, de 30 de Marzo de 2016

Título: Acuerdo 36/2016, de 30 de marzo de 2016, del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, por el que se resuelve el recurso especial, interpuesto por COOK ESPAÑA, S.A, frente a la adjudicación del contrato denominado «Suministro de implantes para Endoscopias Digestivas y otros Servicios», promovido por el Servicio Aragonés de Salud-Gerencia del Sector Zaragoza III, Hospital Clínico Universitario “Lozano Blesa” de Zaragoza.Adjudicación.Los informes de valoración carecen de fundamento y motivación. Alcance de la denominada discrecionalidad técnica de la Administración. La exigencia de alcanzar el umbral mínimo de puntuación exigido en varios criterios sujetos a evaluación previa, no ha permitido la comparación de ofertas, pues solo una empresa lo supera. Nulidad de todo el procedimiento de adjudicación, por quebrantamiento del deber de secreto, al conocerse la oferta económica de la adjudicataria. Estimación

Resolución nº 249/2016 del Tribunal Administrativo Central De Recursos Contractuales, de 08 de Abril de 2016

Recurso contra pliegos en AM contrato de suministros, TRLCSP. Estimación parcial. Plazo inicial más prórroga, por 6 años, vulnera el plazo máximo de 4 años. Adhesión en el futuro, después de la adjudicación, de Centros del CSIC, distintos de los previstos inicialmente, a los contratos derivados de suministro, infringe el equilibrio económico del contrato. Único criterio de adjudicación, el precio, en cuanto la prestación objeto del contrato, no puede ser objeto de mejora, ni el plazo de ejecución tampoco, el criterio del precio más abajo es legal. Y acreditación de la solvencia económica y financiera, por el medio de volumen de negocio de los últimos cinco años, que al menos uno, sea superior a la anualidad media del contrato, también se ajusta a Derecho, por así haberlo elegido la Admón. Contratante.

Resolución nº 94/2015 del Tribunal Administrativo De Contratos Públicos De Aragón, de 26 de Octubre de 2015

Título: Acuerdo 94/2015, de 26 de octubre de 2015, del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, por el que se resuelve el recurso especial interpuesto por SERVICIOS SECURITAS, S.A. frente a su exclusión del procedimiento de licitación denominado «Servicio de control, atención al público y auxiliar de producción de Salas de Exposiciones, Museos y Centro de Historias, dependientes del Servicio de Cultura, y de otras instalaciones del Servicio de Patrimonio e Historia Cultural del Ayuntamiento de Zaragoza», promovido por el Ayuntamiento de Zaragoza.Actuación de la Mesa de contratación. Exclusión de propuesta por no consignar los precios unitarios exigidos. Impugnación de la fórmula de valoración del criterio precio, de la que no se obtiene la oferta económicamente mas ventajosa, pervirtiendo la ponderación de los porcentajes de los precios unitarios de las horas, transformándolos en otros. En fase de adjudicación, o en el trámite de exclusión, se puede impugnar un aspecto de los Pliegos consentidos al presentarse a la licitación, siempre que se trate de un supuesto de nulidad de pleno derecho. También es posible alertar de una infracción de los principios básicos de la contratación pública, si es en ese momento cuando se produce la lesión efectiva en los derechos del licitador, porque no siempre es sencillo detectar las posibles infracciones de las reglas del procedimiento antes de la presentación de las ofertas. Anulación de la licitación. Estimación.

Resolución nº 17/2016 del Tribunal Administrativo De Contratos Públicos De Navarra, de 15 de Abril de 2016

Acuerdo 17/2016, de 15 de abril. Desestimación. Acreditación por los licitadores de los requisitos de solvencia técnica o profesional. Cumplimiento por el adjudicatario de las condiciones de ejecución del contrato.

Resolución nº 223/2016 del Tribunal Administrativo Central De Recursos Contractuales, de 1 de Abril de 2016, C. Valenciana

Recurso contra adjudicación en contrato de servicios, TRLCSP. Estimación. Adscripción de medios. No se acredita que los recursos humanos tengan la titulación exigida en el pliego. Interpretación de los pliegos favorable al recurrente.

Resolución nº 10/2016 del Tribunal Administrativo Central De Recursos Contractuales, de 11 de Enero de 2016, C.A. Castilla-La Mancha

Recurso contra contrato derivado AM de suministro, TRLCSP. Desestimación. La adjudicación se hace a la empresa ?de seis- que formula la oferta más ventajosa. No hay que adjudicar a tres empresas como mínimo como solicita la recurrente. La adjudicación a una única empresa, es ajustada a Derecho