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Resoluciones más relevantes del Sector Sanitario

Resolución Asunto

Resolución nº 211/2024 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 15 de Febrero de 2024Recurso n 3/2024 C.

Recurso contra decisión de no adjudicar contrato de suministro, LCSP. Estimación. No se trata de una causa sobrevenida, sino de una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato, por lo que procedería el desistimiento y no la decisión de no adjudicar el contrato.

Resolución nº 234/2024 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 15 de Febrero de 2024Recurso n 62/2024 C.

Recurso contra adjudicación en contrato de suministro, LCSP. Desestimación. La recurrente alega que la adjudicataria debería haber sido excluida por incumplimiento de una de las exigencias mínimas del PPT. Correcta valoración de la oferta técnica de la adjudicataria, que cumple con el PPT y cuya exclusión, interesada por la recurrente, no procede.

Resolución nº 222/2023 del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidade Autónoma de Galicia, de 20 de Diciembre de 20230209/2023

La oferta del recurrente no se ajusta a los pliegos. Exclusión procedente.

Resolución nº 204/2024 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 15 de Febrero de 2024Recurso n 9/2024 C.

Recurso contra exclusión en contrato de suministro, LCSP. Desestimación. Doctrina de la discrecionalidad técnica de la administración.

Resolución nº 252/2024 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 22 de Febrero de 2024Recurso n 56/2024

Recurso contra adjudicación en contrato de suministros. LCSP. Inadmisión. Recurso extemporáneo. Artículo 55 d) de la LCSP. Recurso presentado en registro distinto del del Tribunal y del órgano de contratación sin que haya mediado comunicación alguna conforme a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 51.3 de la LCSP.

Resolución nº 192/2024 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 08 de Febrero de 2024Recurso n 1800/2023 C.

Recurso contra adjudicación en contrato de suministros, LCSP. Desestimación. Confidencialidad. Acceso a expediente. Oferta no se ajusta al pliego. Revelación criterios automáticos en oferta evaluable mediante juicio de valor.

Resolución nº 163/2023 del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidade Autónoma de Galicia, de 20 de Septiembre de 20230160/2023

No se aprecia alteración de la oferta tras el trámite de aclaración concedido por el órgano de contratación.

Resolución nº Resolución 56/2024 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta De Andalucía, de 09 de Febrero de 2024

Adjudicación. La recurrente pretende la exclusión de la adjudicataria de la agrupación n 2 por el incumplimiento de las prescripciones técnicas relativas a la presentación de muestras, al no incluir en la etiqueta identificativa la referencia del fabricante. Examen por el Tribunal: la documentación técnica revisada identificaba perfectamente la referencia del fabricante con una pegatina inserta en las bolsas donde se presentaron las muestras, de donde se desprende que no puede apreciarse un incumplimiento claro y expreso del PPT determinante de la exclusión con arreglo a la doctrina del Tribunal sobre dicha cuestión. Desestimación.

Resolución nº 067/2024 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Cataluña, de 21 de Febrero de 2024

Desestimación. Pliegos. Configuración de la división en lotes del objeto del contrato: potestad del órgano de contratación en atención a las necesidades asistenciales justificadas en el expediente. Adicionalmente, no se aprecia restricción de la concurrencia de acuerdo con el PPT, que permite ofrecer los clones de otros proveedores en los casos en que las empresas licitadoras no dispongan de alguno/s.

Resolución nº 119/2023 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, de 30 de Noviembre de 2023

Adjudicación. Impugnación de la valoración de los criterios de adjudicación sujetos a evaluación previa: juicio técnico paralelo o valoración alternativa al del órgano evaluador de las ofertas. Alcance de la denominada discrecionalidad técnica de la Administración. No se acredita que se hayan superado los límites de la discrecionalidad técnica. Desestimación.

Resolución nº 176/2024 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 08 de Febrero de 2024Recurso n 1630/2023 C.

Recurso contra adjudicación en contrato de suministro. LCSP y RDL 36/2020. Financiación FEDER. Inadmisión. Desistimiento de la formalización del contrato al amparo del artículo 152 LCSP. Pérdida sobrevenida del objeto de revisión.

Resolución nº 311/2023 del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad De Madrid, de 10 de Agosto de 2023294/2023

La recurrente alega que la oferta de la adjudicataria incumple las prescripciones técnicas. No se aprecia el incumplimiento alegado. Se desestima el recurso.

Resolución nº 179/2024 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 08 de Febrero de 2024Recurso n 1697/2023 C.

Recurso contra exclusión en contrato de servicios, LCSP. Inadmisión por carencia sobrevenida de objeto. Exclusión por no haber acreditado suficientemente la solvencia técnica o profesional. Aporta relación de trabajos en lugar de certificados de buena ejecución. El órgano de contratación desiste del procedimiento por imposibilidad de cumplir plazos para la ejecución de los fondos PRTR.

Resolución nº 128/2024 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 01 de Febrero de 2024Recurso n 1702/2023 C.

Recurso contra adjudicación en contrato de servicios, LCSP. Desestimación. Se alega incumplimiento por la oferta del adjudicatario de requisitos establecidos en el PPT. El incumplimiento ha de ser claro y expreso para dar lugar a la exclusión o no adjudicación.

Resolución nº 155/2024 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 08 de Febrero de 2024Recurso n 1754/2023 C.

Recurso contra exclusión y adjudicación en contrato de suministro. LCSP. Desestimación. Exclusión por falta de ajuste de la oferta al PPT. Doctrina del Tribunal. A la vista de las circunstancias concurrentes, de las que resultaba que un producto análogo ofertado por el mismo licitador había tenido muchas dificultades para alcanzar las condiciones de interoperatividad ahora exigidas por el pliego, el recurrente debería haber justificado que estaban solventadas, y no lo hace. No se aprecia error o arbitrariedad en el juicio técnico del órgano de contratación.

Resolución nº Resolución 34/2024 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta De Andalucía, de 26 de Enero de 2024

Adjudicación. Alega trato discriminatorio, cuestión que fue resulta en anterior recurso cuya ejecución da lugar al acto recurrido, por lo que han de mantenerse las mimas conclusiones en esta Resolución. Ahora quedan suficientemente motivadas las razones por las que se excluye la oferta de la recurrente, por lo que opera la discrecionalidad técnica del órgano de contratación aun cuando se esté analizando el cumplimiento de los requisitos técnicos del PPT por la dificultad técnica que conlleva. Desestimación.

Resolución nº 504/2023 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Cataluña, de 07 de Septiembre de 2023

Inadmisión. Pliegos. Pérdida sobrevenida del objeto del recurso. Desistimiento del procedimiento de contratación.

Resolución nº 102/2024 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 01 de Febrero de 2024Recurso n 1646/2023 C.

Recurso contra exclusión en contrato de suministro, LCSP. Inadmisión. Decisión de no adjudicar el contrato. Pérdida de objeto del recurso.

Resolución nº 236/2023 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales del País Vasco, de 22 de Diciembre de 2023

Exclusión. Motivación y discrecionalidad técnica: doctrina general; exclusión por no superar los criterios de adjudicación con umbral mínimo eliminatorio, valoración con base en muestras, correcto ejercicio de la discrecionalidad técnica.

Resolución nº 17/2024 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales del País Vasco, de 30 de Enero de 2024

Adjudicación. Motivación y discrecionalidad: doctrina general; se han respetado los límites que constriñen el ejercicio de la discrecionalidad técnica.

Resolución nº Resolución 592/2023 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta De Andalucía, de 24 de Noviembre de 2023

Acto de trámite no cualificado. Propuesta no es un acto de trámite cualificado contra el que quepa recurso especial conforme a lo previsto en el artículo 44.2 b) del TRLCSP. 44.3 LCSP actos distintos del 44.2 LCSP. Falta de contenido impugnatorio. Inadmisión.

Resolución nº 1610/2023 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 14 de Diciembre de 2023Recurso n 1413/2023 C.

Recurso contra adjudicación en contrato de suministro, LCSP. Estimación. Puesto que el pie de recurso establecía un plazo de 30 días para su impugnación en reposición debe admitirse el recurso interpuesto dentro de dicho plazo, aunque hubiera transcurrido el de 15 días del presente recurso especial. El recurrente habiendo sido clasificado en quinto lugar, se alza no sólo contra la adjudicación del contrato, sino que impugna la valoración efectuada de las tres empresas siguientes. Reconocimiento por el órgano de contratación: allanamiento.

Resolución nº 125/2023 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, de 14 de Diciembre de 2023

Título: Acuerdo 125/2023, de 14 de diciembre, del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, por el que se resuelve el recurso especial interpuesto por QUERMED, S.A frente a la adjudicación del contrato denominado «Equipamiento diverso para los centros de Atención Primaria del Sector Zaragoza III, financiado con los fondos del Plan MINAP 2023. LOTE 4», promovido por la Gerencia del Sector Sanitario Zaragoza III del Servicio Aragonés de Salud del Gobierno de Aragón.

Adjudicación. Actuación correcta del órgano de contratación al requerir a la adjudicataria para que indicara qué parte de la oferta se consideraba confidencial y proceder a dar vista del expediente a la ahora recurrente. El derecho de acceso al expediente tiene carácter instrumental. Alegaciones concernientes a defectos de falta de motivación de la valoración técnica. Doctrina de la motivación como cuestión objeto de control dentro de la discrecionalidad técnica. Impugnación de la valoración de los criterios de adjudicación sujetos a evaluación previa: juicio técnico paralelo o valoración alternativa al del órgano evaluador de las ofertas. Alcance de la denominada discrecionalidad técnica de la Administración. No se acredita que se hayan superado los límites de la discrecionalidad técnica. Impugnación de valoración criterio sujeto a fórmula: interpretación correcta del pliego.Título: Acuerdo 125/2023, de 14 de diciembre, del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, por el que se resuelve el recurso especial interpuesto por QUERMED, S.A frente a la adjudicación del contrato denominado «Equipamiento diverso para los centros de Atención Primaria del Sector Zaragoza III, financiado con los fondos del Plan MINAP 2023. LOTE 4», promovido por la Gerencia del Sector Sanitario Zaragoza III del Servicio Aragonés de Salud del Gobierno de Aragón.

Adjudicación. Actuación correcta del órgano de contratación al requerir a la adjudicataria para que indicara qué parte de la oferta se consideraba confidencial y proceder a dar vista del expediente a la ahora recurrente. El derecho de acceso al expediente tiene carácter instrumental. Alegaciones concernientes a defectos de falta de motivación de la valoración técnica. Doctrina de la motivación como cuestión objeto de control dentro de la discrecionalidad técnica. Impugnación de la valoración de los criterios de adjudicación sujetos a evaluación previa: juicio técnico paralelo o valoración alternativa al del órgano evaluador de las ofertas. Alcance de la denominada discrecionalidad técnica de la Administración. No se acredita que se hayan superado los límites de la discrecionalidad técnica. Impugnación de valoración criterio sujeto a fórmula: interpretación correcta del pliego.

Resolución nº 1617/2023 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 14 de Diciembre de 2023Recurso n 1534/2023

Recurso contra exclusión en contrato de suministro, LCSP. Desestimación. Se aprecia la concurrencia de los incumplimientos del PPT que motivan la exclusión.

Resolución nº 181/2023 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales del País Vasco, de 11 de Octubre de 2023

Exclusión. Procedimiento concluso (desistimiento del recurrente).

Resolución nº Resolución 642/2023 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta De Andalucía, de 29 de Diciembre de 2023

Adjudicación. La recurrente ejercita una pretensión principal instando la declaración de nulidad de la resolución de adjudicación y la retroacción de actuaciones al momento anterior al de la valoración de su oferta denunciando la incorrecta valoración de su proposición y reclamando una puntuación superior; subsidiariamente ejercita la pretensión de declaración de nulidad de todo el procedimiento de adjudicación por irregularidades procedimentales. Análisis por el Tribunal de la alegación de falta de legitimación ad causam esgrimida por la adjudicataria: se aprecia la concurrencia de la causa de inadmisión del artículo 55, letra b) de la LCSP ya que, dada la diferencia de puntos entre la oferta de la adjudicataria y la de la recurrente, la eventual estimación de la totalidad de los motivos de impugnación alegados con relación a los cinco criterios de adjudicación que plantea, en ningún caso podría dar lugar a que se alzase con la adjudicación del contrato, por lo que ningún beneficio obtendría, desbordándose con ello los límites de la legitimación conforme al artículo 48 de la LCSP. La concurrencia de la causa de inadmisión hace innecesario un pronunciamiento sobre el fondo de la cuestión relativa a la incorrecta valoración de la proposición de la recurrente. A mayor abundamiento, examen por el Tribunal que concluye que, en cualquier caso, la recurrente se limita a efectuar una valoración subjetiva y alternativa a la efectuada en el informe técnico pero que no llega a desvirtuar la presunción de certeza y acierto de este último, limitándose a omitir en algunos casos la recurrente determinados extremos que no figuran en su oferta. Examen de las irregularidades procedimentales denunciadas que el Tribunal concluye carecen de trascendencia anulatoria. Inadmisión.