Ponemos a su disposición las resoluciones más relevantes.

A su vez si desea que valoremos la viabilidad de la interposición de un recurso concreto consulte nuestro servicio de recursos y alegaciones para más información.

Resoluciones más relevantes del Sector Sanitario

Resolución Asunto

Resolución nº Acuerdo 82/2017 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, de 21 de Julio de 2017

Título: Acuerdo 82/2017, de 21 de julio de 2017, del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, por el que se resuelve el recurso especial interpuesto por ENDESA ENERGÍA, S.A.U., frente a la adjudicación del contrato denominado «Suministro de energía eléctrica en baja tensión para los puntos de consumo del Ayuntamiento de Huesca», promovido por el Ayuntamiento de Huesca.

Adjudicación. La actuación de la Mesa de contratación, al modificar la puntuación contenida en el informe técnico y, consecuentemente, alterar la prelación sin otros informes técnicos que avalen su decisión, no es conforme a Derecho. Estimación

Resolución nº Acuerdo 81/2017 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, de 18 de Julio de 2017

Título: Acuerdo 81/2017, de 18 de julio de 2017, del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, por el que se resuelve el recurso especial, interpuesto por DRA. ROCA DIAGNÓSTICO MÉDICO, S.L., frente a la adjudicación del contrato derivado denominado «Servicios para la prestación sanitaria concertada de procedimientos diagnósticos en instalaciones fijas - resonancias magnéticas» (Lotes 1 y 2), promovido por el Servicio Aragonés de Salud-Gerencia del Sector de Huesca

Adjudicación. No ha existido falta de motivación en la adjudicación, pues se ha cumplido la exigencia sobre el contenido de la notificación del artículo 151.4 TRLCSP. La recurrente era conocedora de la puntuación obtenida por cada licitador, pues se publicó en el Perfil y en la resolución de adjudicación. No se ha aplicado una fórmula novedosa para valorar el criterio precio, sino que la Mesa ha aplicado los criterios establecidos en el PCAP del contrato derivado objeto de recurso que traen causa de los Pliegos del Acuerdo Marco. Al estar definidos todos los criterios para su aplicación de forma automática, no resulta preciso ningún juicio de valor añadido para su consideración. Desestimación

Resolución nº Acuerdo 79/2017 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, de 14 de Julio de 2017

Título: Acuerdo 79/2017, de 14 de julio de 2017, del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, por el que se resuelve el recurso especial interpuesto por IRE RAYOS X, S.A, frente a los Pliegos que rigen el contrato denominado «Suministro de diez mamógrafos digitales directos con destino a diversos hospitales del Servicio Aragonés de Salud», promovido por el Servicio Aragonés de Salud — Dirección Gerencia.

Pliegos. Las prescripción técnica recurrida no es restrictiva ni vulnera el principio de libre competencia, sino que busca una mayor y concreta calidad en un suministro de ámbito sanitario. No procede imposición de multa. Desestimación

Resolución nº 86/2017 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, de 05 de Julio de 2017

Recurso contra la adjudicación. Los pliegos son "Ley del contrato". No es posible alegar una supuesta oscuridad del PCAP en el momento de la adjudicación, si el mismo no fue impugnado en tiempo y forma por la licitadora recurrente. En todo caso la oscuridad de una cláusula no puede perjudicar al licitador que ha presentado su oferta conforme a lo que exigen los pliegos y no está legitimado ni el técnico, ni la Mesa para interpretar qué oferta es la mejor o tiene mayor calidad más allá de lo que se establece literalmente en los mismos. Se han valorado correctamente las ofertas atendiendo a lo previsto en el PCAP
para la puntuación de los criterios de adjudicación, siendo todos evaluables automáticamente, mediante cifras o porcentajes.

Resolución nº 93/2017 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, de 17 de Julio de 2017

Recurso contra la adjudicación. Contratación derivada de un acuerdo marco de suministro. En la invitación a presentar ofertas se indicó a los licitadores que incluyeran en un único sobre la documentación relativa a los criterios de adjudicación, existiendo tanto criterios de evaluación objetiva, como mediante juicio de valor. Se ha producido una infracción al procedimiento previsto en el artículo 150.2 del TRLCSP para la valoración de los criterios de adjudicación que es susceptible de vulnerar el principio de igualdad. Doctrina jurisprudencial del TJUE sobre la valoración y ponderación de los criterios.

Resolución nº 81/2017 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, de 28 de Junio de 2017

Recurso contra el desistimiento del procedimiento de adjudicación. La causas que motivan el desistimiento o la renuncia deben estar justificadas y constar en el expediente. El desistimiento debe estar fundamentado en infracción insubsanable de las normas de preparación o adjudicación del contrato y la renuncia a celebrara el contrato en razones de interés público (artículo 155.4 TRLCSP). La aparición de necesidades nuevas no es causa de desistimiento (si puede serlo de la renuncia). Reclamación de daños y perjuicios mediante el recurso especial en materia de contratación y reclamación de daños y perjuicios en caso
de desistimiento o renuncia.

Resolución nº 94/2017 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, de 18 de Julio de 2017

Recurso contra la adjudicación. Contratación derivada de un acuerdo marco de suministro. Los criterios de adjudicación objetivos sólo admiten, a efectos de su valoración, que se proceda a asignar los puntos que correspondan, atendiendo a las cifras o fórmulas determinadas en los pliegos, a las ofertas de los licitadores, siempre que éstas cumplan con los requisitos previstos en los mismos para poder ser valoradas con respecto a un determinado
criterio, para lo cual puede requerirse una previa comprobación técnica del cumplimiento de dichos requisitos, idéntica a la que se realiza para constatar que las ofertas cumplen los requisitos mínimos de los pliegos para ser admitidas. Con respecto a la citada comprobación puede predicarse el principio de discrecionalidad técnica. En el presente supuesto no hay error, arbitrariedad o infracción que pueda argumentarse contra la constatación llevada a cabo por el técnico de la Administración contratante.

Resolución nº 614/2017 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 07 de Julio de 2017, C.A. Región de Murcia

Recurso contra exclusión en contrato de servicios, Lotes, TRLCSP. Desestimación: Motivación in aliunde por remisión a informes técnicos. Modificación del equipo propuesto en la oferta tras la adjudicación, valoración del nuevo equipo: extemporáneo. Acreditación de la disposición de los medios humanos comprometidos posterior a la adjudicación y previo a la formalización del contrato.

Resolución nº 622/2017 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 07 de Julio de 2017

Recurso contra exclusión en contrato de Suministro. Desestimación. Discrepancia sobre la valoración técnica. No se aprecia discrecionalidad o arbitrariedad dada la existencia de opiniones divergentes sobre la materia. Improcedencia de subsanar ofertas técnicas después de presentadas.

Resolución nº 48/2017 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Navarra, de 11 de Agosto de 2017

Acuerdo 48/2017, de 11 de agosto. Estimación.

Resolución nº 621/2017 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 07 de Julio de 2017

Recurso contra pliegos en contrato de suministro. Renting instalación y retirada de equipamiento informático. TRLCSP. Desestimación. Solvencia técnica. Requisitos técnicos exigidos en el PPTP. Exigencia de contratar un seguro a todo riesgo.

Resolución nº 609/2017 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 07 de Julio de 2017, C.A. Cantabria

Recurso contra adjudicación en contrato de suministro. Estimación. El órgano de contratación reconoce que se produjo un error en la valoración de las ofertas en relación con los requisitos técnicos, pues no cumplen los mismos algunos de los licitadores que sí fueron objeto de valoración. Existiendo ofertas que no cumplen los requisitos técnicos establecidos en el pliego debe anularse el acuerdo de adjudicación, sin que sea posible la retroacción del procedimiento para evitar la conculcación del orden de valoración de las ofertas establecido en el artículo 150.2 TRLCSP.

Resolución nº 606/2017 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 07 de Julio de 2017, C.A. de Galicia

Recurso contra el desistimiento de un contrato de suministro. Estimación. Sólo procede éste, conforme al art. 155 TRLCSP y la doctrina de este Tribunal, si es vicio es insubsanable. Particularidad del caso: existencia de una cláusula del PPT que para los casos de error insubsanable determina la exclusión del producto/s afectados de la adjudicación y no el desistimiento.

Resolución nº 153/2017 del Tribunal Administrativode Recursos Contractuales de la Junta De Andalucía, de 28 de Julio de 2017

Exclusión. Presentación del recurso a través del correo electrónico del órgano de contratación. Presentación en una Oficina de Correos. Forma no prevista en la normativa que rige el procedimiento de recurso. Inadmisión.

Resolución nº 637/2017 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 14 de Julio de 2017, C. Valenciana

Recurso contra acuerdo de adjudicación en Acuerdo Marco de servicios. Desestimación. Criterios de adjudicación: nivel de concreción exigible. Fórmula prevista en los Pliegos cuya aplicación no ofrece las dudas interpretativas que señala la recurrente.

Resolución nº 155/2017 del Tribunal Administrativode Recursos Contractuales de la Junta De Andalucía, de 04 de Agosto de 2017

Exclusión. Garantía provisional. Aval en el que consta el bastanteo del poder por el Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía. Estimación.

Resolución nº 558/2017 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 23 de Junio de 2017, C.A. Galicia

Recurso contra exclusión en contrato de suministro. Estimación. La causa de exclusión se basa en la falta de desglose en el DEUC del importe de suministros por año, lo que impedía valorar la concurrencia del requisito. Sin embargo los pliegos no exigían taxativamente que en el DEUC se desglosaran los suministros efectuados por años, pues tal exigencia se contenía únicamente respecto de los certificados a aportar en el trámite del artículo 151.2 TRLCSP y sin que el formulario del DEUC obligue tampoco a efectuar tal desglose. Además, dada la cuantía declarada para el conjunto de los cinco años era imposible que no se cumpliera el requisito exigido de acreditar una cuantía mínima para cada uno de los cinco años anteriores, por lo que en todo caso el error cometido no impedía la valoración de la oferta del recurrente.

Resolución nº 630/2017 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 14 de Julio de 2017, C.A. Principado de Asturias

Recurso contra exclusión en Acuerdo Marco de suministro. Estimación. Omisiones en la documentación. Procede otorgar trámite de subsanación, pero no un segundo trámite. En este caso, el requerimiento de subsanación no fue preciso e impidió que se subsanara presentando la documentación que justificaba el cumplimiento de las exigencias del pliego.

Resolución nº 68/2017 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, de 31 de Mayo de 2017

Título: Acuerdo 68/2017, de 31 de mayo de 2017, del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, por el que se resuelve el recurso especial, interpuesto por ELECNOR, S.A., frente a la adjudicación del contrato denominado «Operación y mantenimiento de la Estación de Tratamiento de Agua Potable de la Comarca del Bajo Martín», promovido por la Comarca del Bajo Martín.

Adjudicación.La pretensión de la recurrente sobre contaminación de sobres en la oferta de la segunda mejor clasificada carece de objeto, toda vez que dicha empresa no resultó adjudicataria, ni su continuidad en el procedimiento hasta la adjudicación del contrato afectó al acto de adjudicación. Se entiende motivada la adjudicación al haber tenido el recurrente acceso al expediente antes de producirse la misma. Desestimación

Resolución nº 145/2017 del Tribunal Administrativode Recursos Contractuales de la Junta De Andalucía, de 14 de Julio de 2017

Pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas. Legitimación no licitadoras. Necesidad de publicar la rectificación o aclaración en los mismos medios de publicación que la convocatoria de licitación y no solo en el perfil de contratante. Certificación de calidad como requisito de solvencia técnica, posibilidad de su exigencia ex artículo 78 del TRLCSP y 67 RGLCAP: exigencia proporcionada al objeto del contrato. Posibilidad de división del objeto del contrato atendiendo a la existencia de prestaciones diferenciadas: necesidad de motivar la no división en lotes, artículo 46.1 de la Directiva 2014/24/UE. Estimación parcial.

Resolución nº 126/2017 del Tribunal Administrativode Recursos Contractuales de la Junta De Andalucía, de 19 de Junio de 2017

Adjudicación. Vista de expediente en dependencias del Tribunal. Artículo 29.3 del Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual. Correcta valoración de la oferta de la recurrente conforme a un criterio de evaluación automática. Desestimación.

Resolución nº 9/2017 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales del País Vasco, de 31 de Enero de 2017

Adjudicación. "Recurso indirecto" contra un criterio de adjudicación, doctrina general, criterio cuyo alcance perjudicial para el recurrente solo puede determinarse una vez pasado el plazo para impugnar los pliegos, mejoras, criterio que permite que el poder adjudicador lo utilice para adjudicar arbitrariamente el contrato.

Resolución nº 577/2017 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 30 de Junio de 2017, C.A. Galicia

Recurso contra exclusión en AM contrato de servicios, TRLCSP. Estimación. Sucesión de licitadores e el procedimiento. El requerimiento de subsanación debe efectuarse a la empresa sucesora una vez que el conste a la mesa de contratación la escisión de la que presentó inicialmente la oferta.

Resolución nº 207/2017 del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad De Madrid, de 19 de Julio de 2017

Estimación de recurso contra la valoración de los criterios sujetos a fórmula de un contrato de servicios. El PCAP describe la manera de valoración pero no concreta la fórmula matemática. Se aplica una fórmula de proporcionalidad inversa, pero al existir varias ofertas con importe cero, la valoración de las demás resulta cero y el informe de valoración opta por valorar a partir de la siguiente mejor oferta. Según la descripción literaria del PCAP debe aplicarse una proporcionalidad directa.

Resolución nº 212/2017 del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad De Madrid, de 19 de Julio de 2017

Estimación de un recurso contra la adjudicación de un contrato de suministro médico. Los productos de las adjudicatarias de los lotes no cumplen las medidas establecidas en el PPT que son obligatorias aunque se valore la posibilidad de tener otras distintas. Obligatoriedad del PPT, anulación de la adjudicación y retroacción del procedimiento.

Resolución nº 200/2017 del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad De Madrid, de 05 de Julio de 2017

Estimación de recurso contra la adjudicación de un contrato calificado de gestión de servicios públicos de recogida de residuos y punto limpio. Errónea calificación, no existe riesgo, contrato de servicios. El Tribunal es competente. La adjudicataria se encuentra en un supuesto de baja desproporcionada y no se ha seguido el procedimiento. Retroacción de actuaciones para requerir justificación.