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Resoluciones más relevantes del Sector Sanitario

Resolución Asunto

Resolución nº 275/2020 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Cataluña, de 29 de Julio de 2020

Estimación. Exclusión y declaración desierta de la licitación de determinados lotes: acto susceptible de recurso. Condiciones restrictivas para excluir una proposición. Potestad de interpretación de los pliegos. Interpretación literal. Preferencia del PCAP. Discrecionalidad técnica. La confusión propiciada por los pliegos no puede perjudicar a los licitadores. Anulación de la exclusión y retroacción de actuaciones para permitir la enmienda.

Resolución nº 246/2020 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta De Andalucía, de 09 de Julio de 2020

Propuesta de adjudicación. Procede el recurso especial respecto al motivo en que se esgrime la indebida admisión de la oferta propuesta como adjudicataria, si bien ha de inadmitirse en cuanto al alegato de inadecuada valoración de las proposiciones para el que, en su caso, habrá de esperarse a la adjudicación del contrato, pues la mera propuesta de la mesa no reúne los requisitos establecidos en el artículo 44.2 b) de la LCSP. Inclusión en el sobre 2 de información que debió figuran en el sobre 4, anticipándose el conocimiento de datos de la oferta que tenían que evaluarse en un momento posterior. Quiebra de las garantías de objetividad e imparcialidad en el proceso de valoración de las ofertas que pretende preservar el artículo 146.2 de la LCSP. Exclusión de la oferta. Estimación.

Resolución nº 276/2020 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Cataluña, de 29 de Julio de 2020

Estimación. Adjudicación. Contrato basado en acuerdo marco de suministro. Allanamiento del órgano de contratación que no se aprecia contrario al ordenamiento jurídico: reconocimiento del error en el envío de la invitación a la recurrente. Retroacción.

Resolución nº 157/2020 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, de 23 de Julio de 2020

Recurso contra la exclusión. Los pliegos son "lex contractus". La licitadora recurrente no incluyó en el archivo electrónico n. 1 de su oferta toda la documentación exigida por el PCAP, ni cumplimentó dentro del plazo concedido al efecto el requerimiento realizado por ? la Mesa de Contratación para que subsanara el referido defecto detectado en su propuesta. La Mesa actuó conforme a derecho, permitiendo a todas las licitadoras que no incluyeron la documentación requerida por el pliego subsanar sus respectivas omisiones, aplicando un criterio antiformalista y garantizando la libre concurrencia, de manera que admitió a aquellas ofertas que fueron subsanadas y excluyó a la recurrente, que no subsanó, en aplicación del principio de igualdad de trato. La falta de diligencia en la elaboración de la oferta es responsabilidad de la licitadora y sus consecuencias sólo pueden afectar a la misma. Desestimación.

Resolución nº 58/2020 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, de 31 de Julio de 2020

Título: Acuerdo 58/2020, de 31 de julio, del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, por el que se resuelve el recurso especial interpuesto por la mercantil “AUROVITAS SPAIN, S.A.” frente a la adjudicación del contrato denominado «Medicamentos antibióticos y antifúngicos de gran consumo para el Hospital Universitario "Miguel Servet" de Zaragoza», promovido por la Gerencia del Sector Sanitario Zaragoza II del Servicio Aragonés de Salud.

Adjudicación. Valoración de los criterios sujetos a evaluación previa. Discrecionalidad técnica. Carácter firme y consentido de los pliegos. Desestimación.

Resolución nº 50/2020 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, de 06 de Julio de 2020

Título: Acuerdo 50/2020, de 6 de julio, del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, por el que se resuelve el recurso especial interpuesto por la mercantil “LORCA MARÍN, S.A.” frente a su exclusión del procedimiento de licitación denominado «Suministro de suturas manuales», promovido por el Centro de Gestión Integrada de Proyectos Corporativos del Servicio Aragonés de Salud. Exclusión de licitador. Contaminación por incluir en el Sobre "Dos" documentos propios o datos del Sobre "Tres" que permiten anticipar su contenido: análisis de los aspectos determinantes para considerar que se ha revelado la oferta en momento anterior al pertinente que concurren en el presente caso. Desstimación.

Resolución nº 63/2020 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Navarra, de 03 de Agosto de 2020

Acuerdo 63/2020, de 3 de agosto. Desestimación. Prescripciones técnicas: cumplimiento equivalente que impide la exclusión. Discrecionalidad técnica en la valoración del cumplimiento de la prescripción técnica: presunción de acierto del informe de valoración, salvo prueba en contrario.

Resolución nº 156/2020 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, de 21 de Julio de 2020

Recurso contra la adjudicación. Doctrina jurisprudencial de los principios de los pliegos como "lex contractus" y de la discrecionalidad técnica de la Administración. A pesar de que los criterios de adjudicación son todos valorables por la mera aplicación de fórmulas aritméticas, cifras o porcentajes, lo cierto es que puede apreciarse una cierta discrecionalidad de los técnicos del órgano de contratación a la hora de determinar si las ofertas de las licitadoras reúnen o no los requisitos exigidos por el PCAP para que puedan ser valoradas con respecto a determinados criterios. Del literal de la oferta técnica de la adjudicataria se observa, sin duda alguna, que la misma ha de ser puntuada en relación al subcriterio que cuestiona la recurrente, sin que se pueda determinar error, arbitrariedad o infracción alguna del parecer de los técnicos de la Administración. Desestimación.

Resolución nº 14/2020 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Navarra, de 20 de Febrero de 2020

Acuerdo 14/2020, de 19 de febrero. Estimación. Capacidad para contratar. Exclusión procedente por falta de habilitación exigida por normativa sectorial. Doctrina sobre los requisitos para apreciar vulneración del principio de secreto de las proposiciones. Posibilidad de subcontratación de prestaciones accesorias: remisión a la regulación contenida en el pliego.

Resolución nº 123/2019 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, de 19 de Junio de 2019

Recurso contra la adjudicación de un contrato de servicios. TRLCSP. Acumulación de recursos en la resolución. Vulneración del derecho de acceso a la información suficiente para interponer el recurso, fundada en la confidencialidad de la información del art. 140 del TRLCSP. Necesidad de motivar la prevalencia de esta última por parte del órgano de contratación.

Resolución nº 14/2020 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Navarra, de 20 de Febrero de 2020

Acuerdo 14/2020, de 19 de febrero. Estimación. Capacidad para contratar. Exclusión procedente por falta de habilitación exigida por normativa sectorial. Doctrina sobre los requisitos para apreciar vulneración del principio de secreto de las proposiciones. Posibilidad de subcontratación de prestaciones accesorias: remisión a la regulación contenida en el pliego.

Resolución nº 1006/2019 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 31 de Julio de 2019, C.A. Illes Balears

Recurso contra adjudicación en contrato de servicios, LSCP. Desestimación. La autorización del fabricante respecto del personal que realice el mantenimiento es una cuestión que exige el PPTP respecto de la ejecución del contrato; no antes. Acreditación de la solvencia técnica.

Resolución nº 53/2020 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, de 10 de Julio de 2020

Título: Acuerdo 53/2020, de 10 de julio de 2020, del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, por el que se resuelve el recurso especial interpuesto por la mercantil “MEDTRONIC IBÉRICA, S.A.” frente a su exclusión y la posterior adjudicación del procedimiento de licitación denominado «Suministro de mallas quirúrgicas. Lote 4», promovido por el Centro de Gestión Integrada de Proyectos Corporativos del Servicio Aragonés de Salud.

Exclusión. Desistimiento de la recurrente.

Resolución nº 112/2019 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León, de 01 de Agosto de 2019

Los productos ofertados por la empresa adjudicataria cumplen las especificaciones técnicas contenidas en los pliegos. En cuanto a los incumplimientos formales de la oferta presentada por una tercera empresa, el órgano de contratación reconoce en su informe que debió ser excluida , circunstancia que no tiene trascendencia a los efectos de la pretensión esgrimida en el presente recurso especial, al no prosperar las alegaciones realizadas contra la proposición de la adjudicataria.

Resolución nº 259/2020 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta De Andalucía, de 23 de Julio de 2020

Exclusión. La mesa de contratación adoptó el acuerdo de excluir a la recurrente por haber depositado la garantía definitiva fuera del plazo concedido para ello. Se analiza la doctrina de cuándo se considera formalmente constituida la fianza, si con la formalización del aval bancario o con el depósito de la misma en las cajas de depósitos de la Agencia Tributaria. El depósito del aval bancario es un requisito formal subsanable. Diferencia entre cumplimiento de requisitos o acreditación de los mismos. Estimación.

Resolución nº 150/2020 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, de 09 de Julio de 2019

Recurso contra la adjudicación de un contrato de suministro. LCSP. Desestimado. Incumplimiento del PPT por parte de la oferta de la recurrente, Exclusión de la oferta conforme a derecho. La recurrente alega que la adjudicataria no cumple un requisito del PPT, pero no resulta acreditado tal incumplimiento. La interpretación realizada está dentro de los parámetros descritos en los pliegos. Ajuste de la oferta técnica de la adjudicataria al PPT.

Resolución nº 218/2020 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Cataluña, de 17 de Junio de 2020

Desestimación. Pliegos. Función revisora. Configuración de la licitación: discrecionalidad técnica del órgano de contratación. Regla general: lotització. Finalidad: procurar la máxima concurrencia

Resolución nº 334/2019 del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad De Madrid, de 29 de Agosto de 2019

Inadmisión recurso especial por extemporáneo.

Resolución nº 46/2020 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, de 19 de Junio de 2020

Título: Acuerdo 46/2020, de 19 de junio, del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, por el que se resuelve el recurso especial interpuesto por “OLYMPUS IBERIA, S.A.U.” frente a la adjudicación del contrato denominado «Suministro en régimen de alquiler y disposición permanente de diversos equipamientos para la unidad de endoscopia digestiva y neumológica del Hospital Ernest Lluch de Calatayud», promovido por la Gerencia del Sector Sanitario de Calatayud del Servicio Aragonés de Salud.

Adjudicación. La falta de indicación de un dato en el Sobre “Tres” no constituye una prescripción técnica mínima e indisponible del PPT, pese a establecerse la exigencia de la misma en dicho documento, puesto que la apertura del mencionado sobre se produce hechas ya las valoraciones técnicas, y carece de utilidad para la aplicación de los criterios de adjudicación sujetos a evaluación posterior y para el precio del contrato. La falta de indicación de este dato no impedirá a la Administración contratante la facturación del servicio, lo que determinaría su exclusión, pues ésta se determina en relación al precio a tanto alzado ofertado. Contradicción en los pliegos dado que el modelo de proposición económica no exige incluir desglose alguno, sino que atiende al importe de la oferta en cómputo global o a tanto alzado. La adjudicataria confeccionó su oferta económica conforme al modelo de proposición establecido en el PCAP, lo que derivó en el incumplimiento de una obligación establecida en el PPT, incumplimiento que ha de resolverse a la luz de los principios de concurrencia competitiva, de proporcionalidad y el principio antiformalista. Desestimación.

Resolución nº 79/2020 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta De Andalucía, de 03 de Marzo de 2020

Pliegos. Solicitud de aclaraciones y respuestas del órgano de contratación: en el presente caso no tienen carácter vinculante, ni consta publicación alguna ni en el perfil de contratante en la Plataforma de Contratación del Sector Público, ni en determinado perfil de contratante que el órgano de contratación tiene alojado en su página web. Cuando el órgano de contratación en los pliegos o en los documentos que rigen la licitación define las condiciones que pretende imponer a las entidades licitadoras, se autolimita en el ejercicio de su facultad de apreciación y no puede ya apartarse de las condiciones que de este modo ha definido con respecto a cualquiera de las licitadoras sin vulnerar el principio de igualdad de trato entre las mismas. No existe indefinición en los criterios de adjudicación sujetos a un juicio de valor. Las mejoras como criterio de adjudicación. Presupuesto base de licitación: infracción del artículo 100.2 de la LCSP. Dicha infracción impide emitir un pronunciamiento sobre si el precio es suficiente para ejecutar la prestación. Estimación parcial.

Resolución nº 101/2020 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Cataluña, de 04 de Marzo de 2020

Desestimación. Exclusión. Función revisora. Discrecionalidad técnica. Presunción de validez de los actos e informes del órgano de contratación. Lex inter partes. Potestad de interpretación de los pliegos. Establecimiento de fases sucesivas con umbrales de puntuación con efectos eliminatorios. Exclusión correcta. No se aprecia error ni arbitrariedad en la valoración de los criterios dependientes de un juicio de valor.

Resolución nº 181/2020 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 06 de Febrero de 2020

Recurso contra exclusión en contrato de servicios., LCSP. Desestimación. No aporta certificación técnica exigida por PPT. Extemporaneidad impugnación pliegos. Inaplicabilidad del artículo 93 LCSP.

Resolución nº 62/2020 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales del País Vasco, de 18 de Mayo de 2020

Adjudicación. Aceptación por el poder adjudicador de la viabilidad del recurso: diferencia con el allanamiento, existencia de un licitador que se opone al recurso. Prescripciones técnicas: irrelevancia de lo que señalen los catálogos públicos del fabricante o páginas web porque no forman parte de la oferta y porque no son la forma establecida para acreditar las prescripciones técnicas. Carga de la prueba de que la oferta no cumple las prescripciones técnicas.

Resolución nº 58/2020 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León, de 07 de Abril de 2020

El recurrente ha desvelado información sustancial y de trascendencia, lo que podría haber afectado a la imparcialidad en la valoración de las ofertas y su oferta incumple el PPT.

Resolución nº 172/2020 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta De Andalucía, de 01 de Junio de 2020

Adjudicación. Doctrina sobre el interés legítimo como presupuesto para la interposición del recurso especial en materia de contratación. Falta de legitimación. Multa. No procede. Inadmisión.

Resolución nº 615/2020 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 14 de Mayo de 2020

Recurso contra la apreciación del órgano de contratación de que el procedimiento de contratación no se halla afectado por la suspensión de plazos establecida en el apartado primero de la disposición adicional tercera del RD 463/2020, por el que se declara el estado de alarma, a la vista del apartado cuarto de la misma disposición adicional, en su redacción originaria. Inadmisión. Acto no susceptible de recurso al constituir una apreciación de la entidad contratante no revisable por el Tribunal; extemporaneidad del recurso; obiter dicta, desestimación en cuanto al fondo por considerar que el contrato está estrechamente vinculado con los hechos determinantes de la declaración del estado de alarma.