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Resoluciones más relevantes del Sector Sanitario

Resolución Asunto

Resolución nº 191/2021 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Cataluña, de 16 de Junio de 2021

Inadmisión por extemporaneidad. Adjudicación. La fecha de inicio del cómputo del plazo de interposición del recurso especial es la del envío de la notificación electrónica cuando aquella coincide con la fecha de publicación de la adjudicación en el perfil.

Resolución nº 191/2021 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Cataluña, de 16 de Junio de 2021

Inadmisión por extemporaneidad. Adjudicación. La fecha de inicio del cómputo del plazo de interposición del recurso especial es la del envío de la notificación electrónica cuando aquella coincide con la fecha de publicación de la adjudicación en el perfil.

Resolución nº 191/2021 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Cataluña, de 16 de Junio de 2021

Inadmisión por extemporaneidad. Adjudicación. La fecha de inicio del cómputo del plazo de interposición del recurso especial es la del envío de la notificación electrónica cuando aquella coincide con la fecha de publicación de la adjudicación en el perfil.

Resolución nº del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León, de 30 de Noviembre de -0001

Doctrina sobre vinculación de las ofertas al contenido de los pliegos y su trascendencia respecto de la Administración y los licitadores. Estimación parcial del recurso en cuanto a la admisión de la empresa clasificada en segundo lugar, que debió ser excluida por incumplimiento del PPT, que no concurre sin embargo en la oferta de la adjudicataria.

Resolución nº 227/2021 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta De Andalucía, de 10 de Junio de 2021

Propuesta de adjudicación. Admisión de licitadores. Doctrina sobre el interés legítimo como presupuesto para la interposición del recurso especial en materia de contratación. Falta de legitimación. Inadmisión

Resolución nº 66/2019 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León, de 30 de Mayo de 2019

Obligatoriedad de la inscripción en el Registro de Licitadores de la Administración de la Comunidad de Castilla y León o en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público. Discrecionalidad técnica del órgano de contratación.Plazo para el abono del precio.

Resolución nº 33/2019 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León, de 27 de Marzo de 2019

La obligación del desglose de los precios establecida en los pliegos. La actuación de la Mesa, al no permitir la subsanación pretendida, fue conforme a Derecho. No se trata de un mero error formal o material subsanable, porque la recurrente podría variar el precio del implante coclear o el precio el procesador una vez conocido el resto de las ofertas presentadas.

Resolución nº 94/2020 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta De Andalucía, de 13 de Marzo de 2020

Exclusión. Falta de acreditación de la solvencia técnica: insuficiente capacidad de producción de la empresa para cubrir el consumo estimado anual de dosis establecido en los pliegos. No se aprecia error en el informe técnico en que se fundamenta la mesa para acordar la exclusión: necesidad de efectuar un juicio de valor para determinar el nivel de solvencia exigido, al tratarse de una cuestión eminentemente técnica. No se aprecia error manifiesto en el informe técnico. La entidad recurrente efectúa una apreciación técnica alternativa a la del órgano técnico de la Administración. Denegación de prueba pericial solicitada en el recurso. Desestimación.

Resolución nº 34/2019 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León, de 27 de Marzo de 2019

Subsanación del error cometido al aportar, de forma equivocada y antes de la formalización, una póliza de seguro distinta de la que se incluía en la oferta técnica.

Resolución nº 49/2021 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, de 31 de Mayo de 2021

Título: Acuerdo 49/2021, de 31 de mayo, del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, por el que se resuelve el recurso especial interpuesto por “LOGSA ENDOMEDICAL, S.L.” frente a su exclusión del procedimiento de contratación denominado «Suministro de catéteres y otro material para perfusión con destino a los centros sanitarios del Servicio Aragonés de Salud, Lote 11, partidas 51 y 52 y Lote 13, partida 59», promovido por el Centro de Gestión Integrada y Proyectos Corporativos del Servicio Aragonés de Salud. Exclusión. Incumplimiento de las exigencias mínimas del PPT, de un lado, por no indicar las referencias de las partidas tal y como se exigía- hecho que la propia actora reconoce en su escrito de recurso y, de ahí, que aportara fuera de plazo, las referencias que debían ser correctas para intentar enmendar el error cometido, lo que atenta contra los principios esenciales de la contratación pública, pretendiendo además la admisión de variantes cuando no lo permitía el PCAP.; y de otro lado por no aportar el número mínimo de muestras exigidas, cuando era una obligación inexcusable. Desestimación.

Resolución nº 84/2019 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León, de 10 de Junio de 2019

El PCAP no informa de las condiciones de los contratos del personal a subrogar conforme al art. 130 LCSP. Discordancia entre los medios personales a destinar al contrato y la jornada laboral exigida, lo que repercute en el cálculo de los costes laborales a considerar en la determinación del presupuesto de licitación y valor estimado conforme a los arts. 100 y 101 de la LCSP. Existencia de discriminación a favor de contratistas previos prohibida por los arts. 45 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización y 40 de la LCSP. Estimación.

Resolución nº 593/2020 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 14 de Mayo de 2020

Recurso contra exclusión en contrato de suministro, LCSP. Desestimación. Incumplimiento PPT: las especificaciones técnicas (dimensiones) de los racks ofertados no se ajustan a las exigidas por el PPT

Resolución nº 177/2021 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 17 de Marzo de 2021

Recurso especial en materia de contratación interpuesto por la representante de Boston. Fundamenta su recurso en el incumplimiento de los requisitos mínimos exigidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares por parte de los suministros propuestos por la adjudicataria, así como la errónea valoración de los criterios calificables mediante formula en relación a su oferta, solicitando en consecuencia la anulación de la adjudicación efectuada.

Resolución nº 66/2021 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta De Andalucía, de 25 de Febrero de 2021

Adjudicación. El órgano de contratación resuelve la adjudicación del contrato a favor de la entidad que presenta la oferta económicamente más ventajosa. En el PCAP se establecen determinadas mejoras como criterios de adjudicación evaluables mediante fórmulas. La recurrente solicita la anulación de la adjudicación y la retroacción del procedimiento con el fin de que se emita un informe de valoración de las mejoras ofertadas, pues sostiene que el suministro ofertado por la adjudicataria no cumple con las mejoras ofrecidas. La obligatoriedad de dicho informe no está prevista en el PCAP, es una potestad de la mesa la decisión de solicitarlo o no. Se analiza la doctrina relativa a que los pliegos tienen fuerza de ley entre las partes. Desestimación.

Resolución nº 438/2019 del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad De Madrid, de 17 de Octubre de 2019

Desestimación recurso especial. El adjudicatario cumple las prescripciones técnicas de los Pliegos. Introducción en sobre n 1 criterios sometidos a fórmulas, no afecta a la objetividad de la valoración por el órgano de contratación al no existir criterios sometidos a juicio de valor.

Resolución nº 551/2020 del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de 29 de Junio de 2020

Presentación de oferta extemporánea. El Órgano de Contratación no excluye la oferta en atención al principio de proporcionalidad y concurrencia. Desestimado.

Resolución nº 172/2021 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Cataluña, de 27 de Mayo de 2021

Acumulación de recursos. inadmisibilidad. Pliegos. Pérdida inesperada del objeto de los recursos. Revocación del procedimiento de contratación.

Resolución nº 111/2021 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, de 21 de Abril de 2021

Recurso contra la adjudicación de un contrato de suministros. LCSP. Prescripciones técnicas: la presentación de la oferta ya supone el acatamiento de los pliegos; prescripción técnica mí-nima donde se requiere el complemento de una declaración de su cumplimiento. La subsana-ción concedida no supuso la modificación de la oferta o la aportación de nuevos elementos que dieran lugar a la reelaboración de la oferta. Desestimación.

Resolución nº 61/2020 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, de 21 de Agosto de 2020

Título: Acuerdo 61/2020, de 21 de agosto, del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, por el que se resuelve el recurso especial interpuesto por la mercantil. BRAUN MEDICAL, S.A. frente a la adjudicación del contrato denominado «Medicamentos antibióticos y antifúngicos de gran consumo para el Hospital Universitario "Miguel Servet" de Zaragoza», promovido por la Gerencia del Sector Sanitario Zaragoza II del Servicio Aragonés de Salud.

Adjudicación. Ponderación de criterios sujetos a evaluación previa: la pretendida mayor ponderación de su oferta en aplicación de los criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor no puede basarse en una interpretación parcial e interesada de los pliegos mediante un juicio técnico paralelo al del órgano evaluador de la Administración, cuyo criterio goza de la presunción iuris tantum de certeza y razonabilidad. Discrecionalidad técnica: en la fase de valoración de ofertas es menor que en la de solvencia o de admisión de licitadores. Carácter firme y consentido de los pliegos. Desestimación.

Resolución nº 138/2021 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, de 19 de Mayo de 2021

Recurso contra los pliegos de un contrato de suministro. LCSP. Se desestiman los distintos motivos planteados por la recurrente. En primer lugar, el relacionado con el pliego de prescripciones técnicas: no se acredita que los requisitos técnicos impugnados restrinjan la concurrencia a un único licitador y quedan justificados desde un punto de vista técnico y clínico; es al órgano de contratación al que le corresponde determinar la naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse. La recurrente no acredita la inexistencia de concurrencia en el mercado. Criterio de adjudicación relacionado con el objeto del contrato y que cumple los requisitos recogidos en la LCSP. Solicitud de aclaraciones y respuestas del órgano de contratación no suponen una modificación de los pliegos.

Resolución nº 73/2020 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, de 25 de Septiembre de 2020

Título: Acuerdo 73/2020, de 25 de septiembre, del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, por el que se resuelve el recurso especial interpuesto por la mercantil CENTRO MÉDICO DE DIAGNÓSTICO POR LA IMAGEN, S.L. frente a los pliegos del «Acuerdo Marco de homologación del servicio de realización de procedimientos diagnósticos en instalaciones fijas y móviles», promovido por la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud.

Pliegos. La exigencia de disponer de una autorización concerniente a la ejecución del contrato, que en el PCAP del Acuerdo Marco, se equipara a la habilitación profesional, no es un requisito de aptitud o de capacidad para acceder a la licitación, sino que se trata de una obligación que debe cumplir el adjudicatario cuando comience la prestación del servicio que se pretende contratar. Regulación del criterio relativo a las mejoras: resulta conforme a Derecho al tratarse de un Acuerdo Marco lo que determina que pueda concretarse a posteriori con ocasión de la fijación de las reglas para el contrato derivado.Estimación parcial.

Resolución nº 37/2021 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León, de 18 de Marzo de 2021

Secreto de las proposiciones, quebrantamiento de la imparcialidad en la valoración.

Resolución nº 40/2021 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, de 16 de Abril de 2021

Título: Acuerdo 40/2021, de 16 de abril, del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, por el que se resuelve el recurso especial interpuesto por la mercantil MEDTRONIC IBÉRICA, S.A.frente a los pliegos que rigen el procedimiento de licitación denominado denominado «Suministro de material y equipamiento necesario para la realización de terapias de hemodiálisis y hemodiafiltración on line para la unidad de diálisis del Hospital de Barbastro», promovido por la Gerencia del Sector Sanitario de Barbastro del Servicio Aragonés de Salud.

Pliegos. Desistimiento de la entidad recurrente.

Resolución nº 29/2021 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León, de 25 de Febrero de 2021

La determinación de las especificaciones controvertidas se encuentra dentro del ámbito de la discrecionalidad técnica que exclusivamente compete al órgano de contratación, a fin de dar cumplimiento de manera satisfactoria el objeto del contrato, sin que el recurrente haya logrado demostrar que estas resultan irrazonables y desproporcionadas. La composición de la vacuna y la mayor eficacia en proporción al número de antígenos es una cuestión técnica, cuya base científica ha sido expuesta en el informe del Servicio de Epidemiología, por lo que resulta adecuado distribuir la puntuación en función del número de antígenos que componen la vacuna tal y como realiza el criterio de valoración del Protocolo impugnado.

Resolución nº 160/2021 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Cataluña, de 19 de Mayo de 2021

Aceptación del desistimiento de la recurrente. Pliegos. Contrato de suministro de medicamentos exclusivos.

Resolución nº 72/2021 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales del País Vasco, de 30 de Abril de 2021

Adjudicación. Acto impugnable: cosa juzgada administrativa. Discrecionalidad: fondo parcialmente reglado, motivación suficiente, criterios de adjudicación aplicados correctamente.