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Resoluciones más relevantes del Sector Sanitario

Resolución Asunto

Resolución nº 972/2023 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 20 de Julio de 2023Recurso n 884/2023 C.

Recurso contra pliegos en contrato de suministros. LCSP. Desestimación. Contrato financiado con cargo a Fondos Next Generation EU. Procedimiento negociado sin publicidad por exclusividad. Interpretación restrictiva. Las razones técnicas o protección de derechos de exclusividad que autorizan para acudir a dicho procedimiento se ajustan a lo establecido en la LCSP y en al Considerando 50 de la Directiva 2014/24/UE.

Resolución nº 66/2023 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, de 13 de Julio de 2023

Exclusión de licitador. Allanamiento de la entidad licitante: inadecuada actuación del órgano de contratación al excluir a la recurrente y continuar el procedimiento de licitación con el resto de ofertas cuando como el propio órgano de contratación reconoce, también incumplían las prescripciones del PPT-, de tal forma que no resulta contrario a los intereses públicos, una vez comprobada la existencia de dichos errores en el informe técnico. Anulación del procedimiento de licitación dado que ya se conoce la valoración de las ofertas económicas, y que la valoración de los criterios técnicos sujetos a juicio de valor debe realizarse antes de conocer la oferta económica y demás criterios evaluables mediante fórmulas. Estimación.

Resolución nº 065/2023 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Cataluña, de 25 de Enero de 2023

Aceptación del desistimiento de la recurrente. Recurso contra el acta de la mesa de contratación mediante la que se excluye a la recurrente de dos lotes de un acuerdo marco de suministros.

Resolución nº 90/2023 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales del País Vasco, de 18 de Mayo de 2023

Pliegos. Legitimación activa: la tiene un sindicato para impugnar unos pliegos por considerar que infringen los acuerdos de negociación colectiva que limitan la externalización de servicios y que el poder adjudicador cuenta con medios humanos adecuados para ejecutar la prestación. Justificación de la necesidad del contrato y de la insuficiencia de medios propios; doctrina general; justificación insuficiente para desvirtuar la preferencia legal por el uso de los recursos propios, no se prejuzga la posibilidad de externalizar el servicio ni el alcance de la limitación de externalización por los acuerdos de negociación colectiva.

Resolución nº Resolución 151/2023 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta De Andalucía, de 17 de Marzo de 2023

Adjudicación:declaración de desierto.28.5 Reglamento por incumplimiento de plazos por el órgano de contratación. Certificados de calidad a nombre de empresa distinta:93 LCSP.Directiva 2001/83/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de noviembre de 2001, por la que se establece un código comunitario sobre medicamentos para uso humano tiene como ámbito de aplicación a los medicamentos para uso humano producidos industrialmente y destinados a ser comercializados en los Estados miembros. Al respecto, con relación a una cuestión en la que se centra dicha directiva, la calidad de los productos farmacéuticos, desde su fabricación hasta su disposición y consumo por el ser humano, tiene una especial trascendencia las directrices que respecto a dicha directiva se aprobaron La normativa afecta a todos los agentes que intervienen en el proceso de distribución de un producto farmacéutico. Directrices del 5 de Noviembre de 2013 sobre prácticas de correcta distribución para medicamentos de uso humano (2013/C 343/01) (2013/C343/01).Directrices de 19 de marzo de 2015 sobre prácticas correctas de distribución de principios activos para medicamentos de uso humano (2015/C 95/01). Normas de calidad: garantizan el control de la cadena de distribución de los medicamentos y de los principios activos: la documentación presentada no puede considerarse suficiente para serle extrapolable a la entidad recurrente las características de gestión de calidad que pudieren corresponderle a la otra entidad de la que se predican estas condiciones en los documentos presentados por la entidad recurrente. Desestimación

Resolución nº 705/2023 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 08 de Junio de 2023Recurso n 555/2023 C.

Recurso contra adjudicación en contrato basado suministro, LCSP. Desestimación. El sentido del fallo es de desestimación del recurso. El órgano de contratación procede a la adjudicación del contrato basado, sin necesidad de nueva licitación, de acuerdo con el art. 221.1 a) de la LCSP y la cláusula 16 del PCAP, por ser el medicamento ofertado por el adjudicatario la única solución idónea desde el punto de vista médico- terapéutico. Todo ello de conformidad con lo prescrito en el informe técnico emitido por el Servicio de Farmacia del Hospital Universitario de San Carlos (SERIS), el cual emite su criterio técnico gozando el mismo de presunción de acierto y validez dentro de los márgenes de la discrecionalidad técnica, la cual no se ha rebasado en ningún momento, conforme a la doctrina de este Tribunal.

Resolución nº 650/2023 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 25 de Mayo de 2023Recurso n 568/2023

Recurso contra adjudicación en contrato de suministros. LCSP. Desestimación. Carácter lex contractus de los pliegos. Correcta valoración de uno de los criterios objetivos: 0 puntos por ser lo ofertado de imposible cumplimiento

Resolución nº 101/2023 del Tribunal Superior de Justicia de Pais Vasco, de 03 de Marzo de 2023

SENTENCIA en el recurso registrado con el número 0000242/2022 y seguido por el procedimiento Procedimiento ordinario (Migración), en el que se impugna la resolución 6/2022, de dieciséis de febrero, del TAFRC, por la que se desestimó el recurso especial en materia de contratación planteado contra la exclusión de la oferta de la recurrente del lote 2 del procedimiento de adjudicación del contrato de suministro de EPIs y material sanitario para hacer frente a la COVID-19 en los centros residenciales y centros de día para ancianos y personas con discapacidad. Son partes en dicho recurso: - DEMANDANTE: FARMADOSIS S. L., - DEMANDADA: La DIPUTACIÓN FORAL DE GIPUZKOA.

Resolución nº 839/2023 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 22 de Junio de 2023Recurso n 698/2023 C.

Recurso contra adjudicación en contrato de suministro, LCSP. Desestimación. Invocación de vulneración del secreto de las proposiciones, y de infracción del principio de igualdad de trato entre los licitadores, por incorrecta valoración de las ofertas de las empresas adjudicatarias.

Resolución nº 258/2023 del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad De Madrid, de 22 de Junio de 2023242/2023

El procedimiento de licitación exige la presentación de muestras del producto ofertado. Las muestras incumplen las prescripciones técnicas. No es posible conceder trámite de subsanación para que se presenten nuevas muestras pues implicaría una modificación de la oferta.

Resolución nº 700/2023 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 08 de Junio de 2023Recurso n 518/2023 C.

Recurso contra pliegos en contrato de servicios, LCSP. Estimación. Doctrina del Tribunal sobre la legitimación activa para la impugnación de pliegos. Respecto del criterio de adjudicación consistente en establecer la capacitación del servicio técnico derivada de la existencia de una autorización con el fabricante de los equipos a mantener, la configuración del criterio impugnado es contraria al principio de igualdad de trato y, por ende, discriminatoria por cuanto que ?conforme a la misma? sólo es ponderable la autorización del fabricante de los equipos a mantener, precisamente la única empresa que ha concurrido a la licitación junto a la mercantil actora, lo que la coloca en una evidente posición de superioridad en detrimento de sus competidoras y, con mayor razón, cuando se ha fijado un umbral a superar con la parte de la oferta contenida en el Sobre nº 2 Insuficiente justificación del criterio de adjudicación de estar en posesión del Certificado ISO 27001 en el momento de presentación de las ofertas o proposiciones. Doctrina del Tribunal.

Resolución nº Resolución 335/2023 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta De Andalucía, de 16 de Junio de 2023

Adjudicación. Se impugna la exclusión recogida en la resolución de adjudicación. La recurrente reconoce que no aportó la documentación requerida pero considera que la mesa o el órgano de contratación le debió de conceder la posibilidad de presentarla en sede de aclaración de la oferta en virtud de lo dispuesto en el artículo 95 de la LCSP. Doctrina sobre la aplicación del trámite de aclaración, que debe ser usado de forma excepcional y con carácter restrictivo y en ningún caso suponer una subsanación de subsanación, como habría ocurrido en el presente caso en el que la recurrente no aportó una documentación que le fue expresamente requerida. Desestimación.

Resolución nº 253/2023 del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad De Madrid, de 22 de Junio de 2023234/2023

Desestimación. Cumplimiento prescripciones técnicas.

Resolución nº 793/2023 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 15 de Junio de 2023Recurso n 669/2023

Recurso contra adjudicación en Acuerdo Marco de suministros. LCSP. Desestimación. Se cuestiona la correcta valoración de la oferta de la recurrente en uno de los criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor. No se acreditación error en la valoración.

Resolución nº 827/2023 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 22 de Junio de 2023Recurso n 512/2023

Recurso contra adjudicación en acuerdo marco de suministro, LCSP. Desestimación. Lex contractus, los pliegos prevén como causa de exclusión automática del licitador el que la oferta se formule dejando incompleto algún concepto; ahora no se puede impugnar indirectamente el pliego, debió haberse hecho en el momento y plazo oportuno. No se aprecia falta de motivación de la resolución recurrida, pues no hay indefensión y se conoce el contenido de los informes técnicos, motivación in aliunde.

Resolución nº 812/2023 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 22 de Junio de 2023Recurso n 641/2023 C.

Recurso contra adjudicación en contrato de suministros, LCSP. Desestimación. El órgano de asistencia valora con 0 puntos por la inclusión de una característica que no considera técnicamente posible. No procede otorgar trámite de subsanación. La ficha técnica del producto presenta otro valor en la característica cuestionada.

Resolución nº 385/2023 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Cataluña, de 14 de Junio de 2023

Aceptación del desistimiento de la recurrente. Recurso contra la adjudicación de un acuerdo marco de suministro.

Resolución nº 809/2023 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 22 de Junio de 2023Recurso n 628/2023 C.

Recurso contra propuesta de adjudicación en Contrato de suministro, LCSP. Inadmisión. Acto de trámite no cualificado no susceptible de recurso especial.

Resolución nº 228/2023 del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad De Madrid, de 08 de Junio de 2023195/2023

Recurso contra adjudicación de contrato por incumplimiento del adjudicatario y del resto de licitadores de las prescripciones técnicas de los pliegos. Desestimación. El adjudicatario cumple prescripciones. Doctrina discrecionalidad técnica.

Resolución nº 238/2023 del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad De Madrid, de 08 de Junio de 2023222/2023

Recurso que pretende que los criterios de adjudicación sean asumibles por todas las licitadoras en plano de igualdad, confundiendo los requisitos técnicos mínimos exigidos con los criterios de valoración.

Resolución nº 102/2023 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales del País Vasco, de 31 de Mayo de 2023

Pliegos. Prescripciones técnicas: "barrera de entrada" por prescripciones muy detalladas que solo cumple un producto o que ningún producto cumple en su totalidad; doctrina general; el poder adjudicador no justifica el establecimiento de las prescripciones impugnadas en la respuesta al recurso y el recurrente ya ha hecho un esfuerzo para argumentar su ilegalidad, no constan razones proporcionadas que justifiquen las prescripciones impugnadas, la exigencia de presentar una oferta por todos los productos no es discriminatoria porque se permite comercializar productos de otros operadores económicos. Contradicción en los pliegos sobre el contenido y alcance de los criterios de adjudicación, principio de transparencia. Precio del contrato: contrato por precio unitario que contiene los datos exigidos por la DA 33ª de la LCSP, información suficiente para la elaboración de la oferta, la incertidumbre sobre el número de unidades finalmente adquiridas es consustancial a esta modalidad contractual, no hay infracción del principio de precio cierto porque no es exigible que se individualice un precio para las prestaciones asociadas o vinculadas al suministro, el recurrente no discute la suficiencia del precio contractual y los operadores económicos ya deben conocer los costes asociados al producto, discrecionalidad para elegir el sistema de fijación del precio, principio de riesgo y ventura. Pliegos: inserción en el Pliego de Prescripciones Técnicas de cláusulas que no pueden figurar en este documento contractual, principio de transparencia. Criterios de adjudicación: no es precisa una justificación expresa de las horquillas de puntuación de la valoración técnica, no es obligatorio que conste en la descripción del criterio de adjudicación su método de valoración, la falta de justificación de los criterios de adjudicación es un defecto formal que solo tiene trascendencia anulatoria cuando impide al acto alcanzar su fin o se produce indefensión, el recurrente ha podido elaborar un recurso fundado. Prescripciones técnicas: no es exigible justificar las prescripciones técnicas o la configuración del contrato en el expediente. División en lotes: la decisión de dividir y la elección del criterio de configuración de los lotes no están sujetas a una motivación expresa. Efectos de la Resolución: la anulación de un criterio de adjudicación siempre supone la cancelación del procedimiento de adjudicación.

Resolución nº 89/2023 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales del País Vasco, de 17 de Mayo de 2023

Exclusión. Prescripciones técnicas: doctrina general sobre la acreditación de su cumplimiento; "declaración de cumplimiento" que es documento contractual y cuya finalidad es acreditar el cumplimiento de prescripciones técnicas y no la valoración de los criterios de adjudicación, cláusula oscura y principio de transparencia, la exclusión no está suficientemente motivada ni es concreta, irrelevancia de que no se mencione expresamente la norma cuyo cumplimiento debe acreditarse, cláusula poco clara que no puede perjudicar al licitador excluido. Efectos de la Resolución: no cabe la retroacción de actuaciones porque ya no es posible la evaluación separada de las proposiciones , cancelación del procedimiento de adjudicación, la Resolución es congruente porque la cancelación no se basa de en la solicitud del recurrente sino que es un efecto de la configuración legal del procedimiento de adjudicación, no hay "reformatio in peius" porque el recurrente pasa de estar excluido a poder presentar una oferta en un probable nuevo procedimiento.

Resolución nº 397/2023 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Cataluña, de 21 de Junio de 2023

Estimación parcial. Adjudicación. Precio unitario que supera el precio máximo: no se aprecia, en tanto que los precios unitarios se fijaban como precios de referencia. Valoración de las ofertas por criterios subjetivos. Carece de motivación de las puntuaciones asignadas a las empresas que impide conocer los motivos de su atribución. Imposibilidad de reconducir las valoraciones en un cuadro de puntuaciones por criterio. Anulación del acto de adjudicación que debe comportar la anulación del procedimiento por el artículo concreto del lote impugnado, dado el momento en que se produce una vez conocidas las ofertas técnicas y económicas de todas las empresas.

Resolución nº 225/2023 del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad De Madrid, de 01 de Junio de 2023203/2023

Desestimación del recurso en aplicación del principio de cosa juzgada y en la motivación suficiente para no dividir el contrato en lotes por motivos técnicos.

Resolución nº 49/2023 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, de 25 de Mayo de 2023

Título: Acuerdo 49/2023, de 25 de mayo, del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, por el que se resuelve el recurso especial interpuesto por la mercantil “CMR SURGICAL SPAIN, S.L.”, frente a la adjudicación del procedimiento de contratación denominado «Suministro de equipo de cirugía robótica con destino al Hospital Universitario Miguel Servet de Zaragoza», promovido por la Gerencia del Sector Sanitario Zaragoza II del Servicio Aragonés de Salud.

Adjudicación. Procedimiento negociado sin publicidad por exclusividad al amparo del artículo 168.a).2º de la LCSP. Se considera acreditada en el expediente la justificación de la exclusividad y, por tanto, la imposibilidad de promover concurrencia en el contrato Desestimación.

Resolución nº 224/2023 del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad De Madrid, de 01 de Junio de 2023191/2023

Recurso contra la adjudicación del contrato de suministro por incumplimiento de las prescripciones técnicas de la oferta del adjudicatario. Desestimación. Doctrina sobre la discrecionalidad técnica de la administración.