farma-industria-400x275.jpg
25/09/2024 08:38:17
Fuente original

La industria incluye el valor social del fármaco en la evaluación económica

Farmaindustria presenta una serie de alegaciones al nuevo RD de tecnología sanitaria divididas en 10 bloques

El Ministerio de Sanidad planea aprobar próximamente un nuevo Real Decreto para regular la evaluación de las tecnologías sanitarias. El documento que ha presentado se encuentra en fase de audiencia pública y Farmaindustria, patronal de la industria farmacéutica innovadora, ha presentado una batería de alegaciones para esta nueva normativa. La primera de ellas es la inclusión del concepto de valor social en la definición de 'evaluación económica'. Por tanto, "entre los objetivos de la evaluación debe figurar la determinación del impacto de la utilización de nuevas tecnologías sobre el bienestar social en función de sus efectos sobre la salud y sobre los recursos del sistema (ahorros, ingresos por mayor crecimiento económico y empleo)".

Otra de las alegaciones es la sustitución del término 'posicionamiento' por 'Valoración final desde la perspectiva Social' y en todo el texto, en la medida en que “posicionamiento” es un término que puede ser entendido de diferentes maneras. La sentencia de la Audiencia Nacional  declaró que los informes de posicionamiento (IPT) tienen una “base científica, sin mención alguna a la cuestión económica”, "siendo así que la evaluación que se regula en este proyecto tiene por finalidad la evaluación clínica y no clínica de las tecnologías sanitarias, incluyendo esta última, entre otras, la económica".


Consejo de Gobernanza



En la nueva normativa, el Consejo de Gobernanza figura como el órgano que supervisará y garantizará la alineación del sistema para la evaluación de la eficiencia de las tecnologías sanitarias con las políticas farmacéuticas del Ministerio de Sanidad. En este sentido, Farmaindustria ha presentado las siguientes peticiones:

  • Inclusión de dos miembros en representación de las patronales de fabricantes de medicamentos innovadores y de tecnologías sanitarias (Farmaindustria y Fenin).
  • Elevación del número de representantes de los Departamentos Ministeriales, además del de Sanidad a tres en la medida en que las actividades de evaluación están dirigidas a informar las decisiones de la administración relativas a la incorporación, financiación, precio, reembolso o desinversión en tecnologías sanitarias (en la redacción actual hay solo un representante).
  • Con el objeto de garantizar su independencia, los miembros del Consejo de Gobernanza no podrán ser miembros y/o asistir en la CIPM y el CAPF.
  • Para asegurar la alta cualificación de sus miembros debería concretarse con mayor detalle el perfil de estos y hacerse pública su composición.
  • En la medida en que no existe la especialidad en economía de salud se propone cambiar este término por 'persona experta' en economía de la salud.
  • Las futuras guías y desarrollos deben aprobarse por orden ministerial de la persona titular del Ministerio de Sanidad y de conformidad con el procedimiento que para la elaboración de las disposiciones reglamentarias establece las leyes (Ley del Gobierno y Ley de Procedimiento Administrativo Común) garantizando la audiencia de los interesados y su ulterior publicación en el BOE.


Leer el artículo original completo