Dos meses después de su entrada en vigor, la nueva Ley de Contratos del Sector Público sigue generando dudas e incertidumbre en el sector sanitario que, en la medida de lo posible, intentaron ser resueltas en una jornada organizada este 9 de mayo en Madrid por la Comisión de Sanidad de la CEOE que preside Carlos González Bosch.
Las dudas e incertidumbres vienen propiciadas por lo farragoso de su articulado, en lo general, y, en lo particular, por la ausencia de referencias específicas a los procesos de contratación en el ámbito sanitario (apenas una disposición adicional alude a las compras centralizadas de fármacos). “Es una ley que genera que provoca sentimientos contradictorios. Por una parte, esta ley hacía falta, pero a algunos nos ha provocado una enorme decepción ya que no favorece ni la agilidad ni la transparencia en los procesos de contratación y, respecto a los criterios sanitarios a ponderar, ni están ni se les esperan”, criticó en su intervención en este encuentro Julio Sánchez Fierro, vicepresidente de la Asociación Española de Derecho Sanitario.
Para este experto, “la sostenibilidad del SNS también pasa por una buena gestión de la compra pública”. Por ello, apunta, “no tiene sentido que el 40 por ciento que el 40 por ciento de los presupuestos de las CC.AA se inviertan en Sanidad y no se incluyan criterios sanitarios en los procesos de contratación”, dijo Sánchez Fierro. Por su parte, González Bosch recordó que durante la tramitación parlamentaria de esta ley —que transpone una directiva europea, si bien quizá no con exactitud— “se han presentado más de mil enmiendas”, lo cual quizá haya repercutido en el resultado final.
¿Cuál es el parecer del sector farmacéutico al respecto? Según las manifestaciones en esta jornada de CEOE, hay cierta inquietud. En especial en la ‘arma de doble filo’ que puede suponer la mayor transparencia que persigue esa ley. Precisamente, “el tratamiento y confidencialidad de los datos y precios de las ofertas en un proceso de contratación” son los asuntos que más preocupan a la industria farmacéutica, según expuso Lourdes Fraguas, responsable jurídica de la patronal Farmaindustria. “Somos conscientes que cuestiones como la liquidación y los plazos de ejecución (de los contratos) sí se van a tener que publicitar, pero hay otras dudas respecto a la información en torno a los precios. Los que tienen que conocer el precio (contratistas, licitadores públicos) ya tienen medios actualmente para conocerlos”, expuso la representante de Farmaindustria defendiendo cierta confidencialidad. Las novedades que introduce esta ley respecto a los contratos menores o la licitación pro lotes también preocupan “aunque en menor medida” al sector, reconoció Fraguas.
Con este parecer también se alineó Pablo Crespo de la Cruz, director del Departamento legal de la patronal de empresas de tecnología sanitaria (Fenin): “estamos satisfechos porque la ley ponga el poco en la calidad-precio en los procesos de contratación y no solo en lo económico (precio) como hasta ahora; pero hay que respetar la propiedad intelectual y la confidencialidad de datos e información comercial sensible al contrastar ofertas”, indicó en su intervención. Igualmente, Crespo considera que “entre las CC.AA y las Juntas Consultivas deberían homogenizar el escenario en torno a los contratos menores”.
Como uno de los aspectos positivos, la representante de Farmaindustria valoró que al artículo 102.6 de la nueva Ley recoja que el precio pueda calcularse “en función del rendimiento”. Para Fraguas, “esta pueda ser la base legal para las nuevas fórmulas de financiación de medicamentos por los que está apostando la Administración: pago por resultados, etc.”. Nuevamente, se echan en falta criterios “para evaluar la calidad asistencial o la eficiencia” que complementen esta cuestión, considera Sánchez Fierro.
Ahora bien, el sentir general de expertos y afectados (industria) es que se trata de una ley “cogida con pinzas”, tramitada “deprisa y corriendo” para la cantidad de enmiendas que recibió —opinó Sánchez Fierro— y que ni tan siquiera refleja fielmente la directiva europea que debe transponer. “La calidad de la transposición es manifiestamente mejorable; se olvida de algunos criterios y, en cambio, recoge otros que no menciona la directriz europea”, criticó Sánchez Fierro. “¿Por qué no derogarla?” llegó incluso a sopesar el vicepresidente de la Asociación de Derecho Sanitario.