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27/10/2017 11:01:06
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La Ley de Contratos primará la transparencia y la relación calidad/precio

La semana pasada se aprobó definitivamente la Ley de Contratación Pública en el Congreso de los Diputados. A expensas de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, en el XV Curso de Derecho Farmacéutico organizado por CEFI se dieron algunas claves de las novedades que acarrea el nuevo texto legislativo.

En el prefacio de la Ley se establecen los dos principales criterios que se persiguen: mejorar la transparencia y conseguir los bienes que proporcionen mejor relación de calidad y precio. Este último precepto tiene una consecuencia principal y es que el precio del bien dejará de ser un criterio de adjudicación por sí mismo y se tendrán en cuenta la calidad del producto. Asimismo, el texto legislativo establece que los contratos menores que hasta ahora se utilizaban para la compra de medicamentos en hospitales no se utilizarán como hasta ahora al reducirse el importe mínimo de los contratos y el establecimiento de nuevos requisitos.

La definición de los lotes objetos de contratos, protagonista de muchas dudas por ejemplo en la compra de medicamentos biológicos, también se ha modificado. El criterio que se ha usado hasta ahora es el de la unidad funcional y no lo es un conjunto de productos heterogéneos, como son medicamentos biológicos entre sí. La nueva ley introduce que el objeto del contrato se debe dividir en lotes y si no, la decisión debe ser justificada.



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