01/03/2019 11:41:59
Fuente original

Instrucción1/2019, de 28 de febrero de 2019,de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación

La OIReScon, considerando los posibles riesgos que, para la seguridad jurídica,puede suponer la confusión de la aplicación de la regulación del contrato menor y, como garante del funcionamiento del mercado de la contratación pública para que no se produzcan restricciones injustificadas al acceso a la misma por parte de las empresas,y velando, especialmente,por el respeto a los principios de publicidad y concurrencia, considera necesario fijar unos criterios que den certidumbre a las actuaciones de los órganos de contratacióny, por lo tanto, agilicen el mercado de la contratación pública,y todo ello sin perjuicio de futuras modificaciones legislativas que pueda haber.



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