La nueva Ley 10/2014, de 3 de diciembre, de accesibilidad, aprobada por la Comunidad Autónoma de Galicia, tiene como objeto garantizar a las personas con discapacidad, la igualdad
de oportunidades en relación con la accesibilidad universal y el diseño para todos respecto a los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como en relación con los objetos o instrumentos, herramientas y dispositivos, de modo que los mismos se hagan comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas, en igualdad de condiciones de seguridad y comodidad y de la manera más autónoma y natural posible.
Respecto a los Contratos administrativos, la nueva normativa señala que "Los pliegos de prescripciones técnicas que rijan los contratos administrativos del sector público se definirán teniendo en cuenta criterios de accesibilidad universal y de diseño para todas las personas, tal como son definidos estos términos en el Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general
de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. De no ser posible definir las prescripciones técnicas teniendo en cuenta criterios de accesibilidad universal y de diseño para todos, habrá de motivarse suficientemente esta circunstancia."