• 30/12/2015 15:07:23

LEY 19/2015, de 23 de diciembre, por la que se deroga la Ley 16/2001, de 14 de diciembre, reguladora del Consejo Consultivo de Extremadura.

Publicada en el BOE la Ley 19/2015, de 23 de diciembre, reguladora de las funciones que el Consejo Consultivo atribuidas por la disposición final segunda de la Ley 13/2015, de 8 de abril, como Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales, pasan al ámbito competencial de la Junta de Extremadura.

6. En materia de recursos contractuales de Extremadura, será competente sobre:

a) El conocimiento y resolución de los recursos especiales en materia de contratación, y de las reclamaciones a que se refieran los artículos 40 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobada por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre Vínculo a legislación y 101 de la Ley 31/2007, de 30 de octubre Vínculo a legislación, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.

b) La adopción de decisiones sobre la solicitud de medidas provisionales a que se refieren los artículos 43 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y 103 de la Ley sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua Vínculo a legislación, la energía, los transportes y los servicios postales.

c) La tramitación del procedimiento y la resolución de las cuestiones de nulidad contractual en los supuestos especiales establecidos en los artículos 37 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y 109 de la Ley sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua Vínculo a legislación, la energía, los transportes y los servicios postales.