La nueva normativa contienen diversas previsiones con incidencia en materia de contratación pública.
Así, el artículo 37.3, relativo al mantenimiento de la accesibilidad en los edificios y los espacios de titularidad pública, dispone que los pliegos de cláusulas técnicas de los contratos de mantenimiento de las infraestructuras que lleven a cabo las administraciones públicas tienen que establecer la necesidad de tener un plan que especifique las condiciones de mantenimiento preventivo y correctivo con respecto a los elementos que garantizan las condiciones de accesibilidad adecuadas.
Por otra parte, el artículo 42, relativo al contenido de los planes de accesibilidad, prevé la posibilidad de que las administraciones incluyan la elaboración de estos planes en los contratos de servicios que se suscriban con las entidades que gestionen servicios públicos en régimen de concesión.