La Ley 5/2015, de 23 de marzo, de Racionalización y Simplificación del Ordenamiento Legal y Reglamentario de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece, en el artículo 3 en relación con el anexo 2, que en el plazo de nueve meses a contar desde la entrada en vigor de dicha Ley han de iniciarse los procedimientos simplificados de consolidación previstos en el artículo 47 bis de la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears, con el fin de aprobar, entre otros, el texto consolidado del Decreto 20/1997, de 7 de febrero, por el que se crea la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, el Registro de Contratos y el Registro de Contratistas.